En México y en el mundo, el negocio de las aerolíneas suele ser un sinónimo de mal servicio. De acuerdo a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), el número de quejas en contra de las aerolíneas se incrementó 42.6 por ciento en los primeros meses del 2017, en relación al mismo periodo del 2016.
La cifra no representa un asunto menor, considerando que se trata de un mercado de casi 42 millones de pasajeros domésticos al año, según datos proporcionados por la Cámara Nacional de Aerotransportes (Canaero).
Esta semana, las constantes denuncias de los usuarios de las aerolíneas tuvieron efecto. La Profeco impuso una multa conjunta de 22.4 millones de pesos a Aeroméxico, Interjet, Volaris, Viva Aerobús y JetBlue Airways. Esencialmente, se castigó el cobro indebido de la primera maleta documentada de los pasajeros, pero las autoridades también hicieron referencia a prácticas que incluyen publicidad engañosa, actos de discriminación y cláusulas abusivas en contratos de adhesión.
Sin embargo, la magnitud de la multa es prácticamente simbólica. En el caso de Aeroméxico, la aerolínea que recibió el castigo más oneroso, la multa representa apenas el 0.07 por ciento del efectivo disponible de la compañía al cierre del 2016, según la información presentada en su informe anual.
Además, la intervención de la Profeco palidece frente al papel que juegan, por ejemplo, los reguladores de competencia del país.
En los últimos meses, la Comisión Federal de Competencia Económica ha impuesto multas a subsidiarias de Pemex y a empresas privadas que superan las decenas de miles de millones de pesos.
Reformas a la Ley de Aviación Civil
Las multas de la Profeco no son las únicas medidas disuasivas que tienen el potencial de generar un cambio de fondo en las prácticas de la industria aeronáutica. El 27 de junio entraron en vigor las reformas a la Ley de aviación civil, las cuales ofrecen nuevas atribuciones y derechos a la usuarios:
<< Permite la cancelación de un vuelo en las 24 horas posteriores a la compra, sin costo alguno
<< Obliga a las aerolíneas a publicar el costo total del vuelo
<< Prohíbe el condicionamiento de la venta de un vuelo, a la compra de servicios adicionales
<< Permite el transporte de sillas de ruedas, prótesis, muletas o andadores de pasajeros con alguna discapacidad
<< El monto de indemnización por daño o pérdida de equipaje será de hasta 11 mil pesos
<< Permite documentar una maleta de 25 kilos, sin costo adicional
<< Las aerolíneas deberán tener un módulo de atención a clientes, en todos los módulos del aeropuerto
<< Los menores de dos años y una carriola viajarán gratis sin costo de impresión de boleto
<< Cuando se niegue el embarque por sobreventa de boletos, la aerolínea deberá solicitar voluntarios y compensarlos
<< La cancelación de un vuelo será reembolsado al 100 por ciento, y se añadirá una compensación del 25 por ciento
<< En caso de cancelación, la aerolínea deberá proveer alimentos bebidas, servicios misceláneos y, de ser necesario, alojamiento y transporte
<< En caso de que el vuelo se retrase de dos a cuatro horas, la aerolínea deberá compensar al usuario el 7.5 por ciento del precio del boleto