El ‘bullying’ legal del SAT

Del mismo modo en el que los despachos de cobranza intimidan a los deudores, los funcionarios del Servicio de Administración Tributaria (SAT) acosan a los contribuyentes.

El modus operandi de las autoridades consiste en confundir a las personas con términos legales, prohibirles asesorías cuando son citados y amenazar con castigo o procedimientos para los cuales ni si quiera tienen facultades.

Rodrigo Carbajal Rodrigo Carbajal Publicado el
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billones de pesos son los ingresos por concepto de impuestos contemplados en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015
Originalmente, el cobro persuasivo se utiliza para que los contribuyentes se pongan al corriente de sus responsabilidades fiscales de buena fe de manera directa con el SAT
https://www.youtube.com/watch?v=5Ft_OntAATg

Del mismo modo en el que los despachos de cobranza intimidan a los deudores, los funcionarios del Servicio de Administración Tributaria (SAT) acosan a los contribuyentes.

El modus operandi de las autoridades consiste en confundir a las personas con términos legales, prohibirles asesorías cuando son citados y amenazar con castigo o procedimientos para los cuales ni si quiera tienen facultades.

Un reporte publicado ayer por la Procuradoría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) refleja como los funcionarios del SAT abusan de la figura de “cobros persuasivos” para aprovecharse de las personas que no conocen a profundidad el sistema fiscal mexicano.

“Claramente se trata de una intimidación o amenaza. Lo anterior puede deberse a que el cobro persuasivo también se conoce como un paso previo al cobro coactivo, que generalmente se realiza por el área recaudadora de la administraciones tributarias. Es decir, el cobro persuasivo está ligado al coactivo, por lo que a veces la línea que los separa se diluye, lo que no debe suceder”, concluye la Prodecon en su reporte.

Originalmente, el cobro persuasivo se utiliza para que los contribuyentes que tengan irregularidades en su pago de impuestos puedan conseguir un arreglo sencillo y de buena fe con las autoridades.

“En otras palabras, los llamados “cobros persuasivos” no deben convertirse en persuasión coercitiva, la que lejos de abonar a la creación de un lazo de confianza y proximidad entre Administración Tributaria y contribuyentes, puede generar temor y obstruir la comunicación expedita”, afirma la Prodecon.

Si alguna vez te has recibido una carta por parte del SAT en la que te “invitan” a sus oficinas para corregir una supuesta conducta ilegal que no entiendes bajo pena de ser castigado, lo más probable es que hayas sido víctima de esta práctica.

Problemas de recaudación

México es uno de los países de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) que menos dinero recauda de manera fiscal.

Mientras que el promedio de captación de recursos entre los miembros de la OCDE es de 34.8 por ciento del Producto Interno Bruto  (PIB), en el país tan sólo es de 19.7 por ciento. La mitad de esta cifra proviene de la renta petrolera, por lo que la recaudación fiscal es todavía más baja de lo que aparenta.

La Prodecon afirma que parte del problema es la falta de confianza que existe entre los contribuyentes y las autoridades. Como una manera de atacar este problema se instauró la figura de la recaudación persuasiva, la que ahora es utilizada para vulnerar todavía más la relación entre ambos actores.

A pesar de que el comportamiento del SAT es abusivo, se encuentra dentro de lo que es considerado legal. Si a esto se le añade que la recaudación persuasiva consiguió captar alrededor de 4 mil millones de pesos sólo durante el primer trimestre del 2015, es poco probable que la autoridad deje de utilizar esta figura.

La lista negra

La reforma fiscal, de corte recaudatorio, dio al SAT una nueva herramienta para presionar a los contribuyentes morosos que ha causado polémica.

A principios del 2014 las autoridades fiscales pusieron en operación un portal de internet donde se exhibe a contribuyentes con adeudos al fisco.

En el sitio de internet pueden consultarse los nombres, razón social y el RFC de personas físicas y morales que cuentan con créditos fiscales firmes, créditos exigibles, sentencias, así como créditos condenados o cancelados.

Los contribuyentes pueden ser retirados de la “lista negra” tres días hábiles después de hacer la aclaración o pago correspondiente. 

Luis Videgaray, titular de la Secretaría de Hacienda, dijo en su momento que el uso de la lista es una práctica internacional consolidada en países como Inglaterra, Dinamarca y Rusia.

Asimismo, mencionó que “fortalece los incentivos para cumplir con las obligaciones fiscales”.

Sin embargo, la medida no fue bien recibida por la iniciativa privada.

La crítica de los empresarios se centra en el argumento de que la publicación de una “lista negra” vulnera los derechos de los contribuyentes y crea alicientes para la incorporación a la economía informal.

Asimismo, la iniciativa privada reprochó la falta de una campaña previa que orientara a las empresas a regularizar su situación antes de publicar la lista de contribuyentes morosos.

Abusos más comunes

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente establece las 10 prácticas más comunes que realizan las autoridades fiscales para intimidar a los ciudadanos, pero ante las cuales no procede ningún recurso de defensa debido a que son consideradas como legales.

1. Citar a los contribuyentes para que aclaren “inconsistencias” sin explicar qué abarca  la supuesta falla a la que se refieren los funcionarios del SAT.

2. No entregar por escrito en qué consisten las supuestas irregularidades cuando el contribuente comparece ante las oficinas del SAT.

3. Forzar a las personas a firmar una declaración unilateral de voluntad en la que se comprometen a autocorregirse en los términos que la misma autoridad pretende.

4. No permitir que los contribuyentes sean acompañados por algún asesor cuando son citados a comparecer.

5. Decir que está llevando a cabo algún procedimiento en contra del contribuyente cuando no es verdad.

6. No explicar de manera clara lo que tiene que hacer el contribuyente para regularizar su situación fiscal.

7. Señalar de manera arbitraria el tiempo que tienen las personas para responder a la “invitación” que se les hace para “corregir” su situación fiscal.

8. Solicitar documentos que se encuentran fuera de sus facultades por considerarse solamente de una invitación y no acción de fiscalización.

9. Pedir que se llenen formatos creados por el mismo SAT y que no son oficiales para pedir información que va más allá de las responsabilidades que tiene el contribuyente.

10. Hacer propuestas de pago que parecen ser un descuento por auto corregirse, pero que en realidad sólo es un desembolso a plazos.

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