¿No activaste tu e.firma? SAT da prórroga a pequeños contribuyentes para tramitarla

El SAT había dicho que tenían hasta este 30 de junio y sería obligatoria a partir de julio del 2022 para poder tener los beneficios
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorgó una prórroga a pequeños contribuyentes que aún no han activado la firma electrónica (e.firma) para evitar que los saquen del nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico).

Por medio de la quinta resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2022 en su segunda versión anticipada, dio a conocer la extensión del plazo, que vencía el 30 de junio, a diciembre del 2022.

De esta manera, las estéticas, ferreterías, tienditas, cafeterías, mini súpers, entre otros, cuyos ingresos anuales no rebasen los 3.5 millones de pesos, tendrán más tiempo para tramitar la e.firma.

En ese sentido, tenían hasta este 30 de junio y sería obligatoria a partir de julio del 2022 para poder tener los beneficios que ofrece estar en el Resico, con el pago de impuestos de entre 1 por ciento y 2.5 por cientos de sus ingresos, ahora cuentan con seis meses más para que activen la e.firma.

“Para los efectos del artículo 113-G fracción II de la Ley del ISR, los contribuyentes que opten por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, deberán contar con e.firma activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022”, informó el SAT.

Por su parte, Domingo Ruíz López, presidente de la Comisión Fiscal de Coparmex Nacional, expresó que “es probable, viendo el SAT que todavía muchos contribuyentes aún no tenían habilitada su e.firma, y supongo que no la habilitan porque no hay citas, entonces mandaron hasta fines diciembre esta obligación”.

“La decisión del SAT significa que todos los contribuyentes personas físicas del Resico pueden seguir en el régimen sin preocupación de que los vayan a sacar porque no tienen su e.firma”, recalcó.

A su vez, Jorge Ayax Cabello, vicepresidente fiscal del Colegio de Contadores Públicos de Saltillo, expuso que se establece una medida de alivio por no habilitar el buzón tributario.

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Se mantiene la obligación de los contribuyentes de proporcionar sus medios de contacto, deben poner su teléfono y correo electrónico, para habilitar su buzón tributario a más tardar el 30 de junio pero se quita la multa durante lo que resta del año para los que aún no lo han hecho.

“La obligación de actualizar los medios de contacto no cambio, de hecho en esta versión anticipada se reitera y lo que se manda a diciembre es la habilitación de la firma electrónica; si los contribuyentes no tienen actualizados sus medios de contacto sí pudieran salir del régimen, por eso es muy importante tenerlo presente”, expresó.

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