Dos mamás, un bebé y un acta

Josefina Leal y Jessica Cadena están casadas. 

Enamoradas de su pequeño, al que le quieren poner el nombre de “Joseph” acuden hace un mes, desde sus primeros días de nacido, a registrarlo para que tenga su acta de nacimiento correspondiente. 

No obstante, les niegan el servicio bajo la petición de que ellas comprendan que los funcionarios deben consultarlo primero, ¿qué es lo que tienen que “consultar”?

¿Que se puede hacer tomando en cuenta que el bebé tiene dos madres?. 

Indira Kempis Indira Kempis Publicado el
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Josefina Leal y Jessica Cadena están casadas. 

Enamoradas de su pequeño, al que le quieren poner el nombre de “Joseph” acuden hace un mes, desde sus primeros días de nacido, a registrarlo para que tenga su acta de nacimiento correspondiente. 

No obstante, les niegan el servicio bajo la petición de que ellas comprendan que los funcionarios deben consultarlo primero, ¿qué es lo que tienen que “consultar”?

¿Que se puede hacer tomando en cuenta que el bebé tiene dos madres?. 

Entre cuatro visitas y diversas llamadas a los funcionarios públicos de la Dirección del Registro Civil, la “consulta” dura este mes para anunciarles a la pareja que sí es posible sacar el acta de nacimiento, siempre y cuando sea con la categoría de “madre soltera”.

Ninguna está de acuerdo por una sencilla razón que tiene lógica: Ellas están casadas y desean hacer lo que les compete legalmente que es registrar ambas al niño con sus respectivos apellidos.

No es la primera vez que se presenta un caso así. 

De acuerdo con el activista, Mario Rodríguez Platas, han habido casos anteriores pero resueltos positivamente y de manera inmediata a favor de los derechos de  los niños como de sus madres lesbianas. 

“Lo que se ha aplicado es el principio pro persona para que se evalúe esto como un caso de excepción y puedan respetarse los derecho de ambas”. 

Según Mónica Pinto este principio hace que se deba acudir a la norma más amplia, o a la interpretación más extensiva, cuando se trata de reconocer derechos protegidos e, inversamente, a la norma o a la interpretación más restringida cuando se trata de establecer restricciones permanentes.

Si ha sido posible en  seis ocasiones anteriores, entonces, ¿por qué en esta recién estrenada administración han tenido a estas madres en la espera de un acta de nacimiento durante un mes? 

Tanto Josefina como Jessica están indignadas porque no sólo han sido ellas, en el transcurso de su espera conocieron a otras madres de unos gemelos que requerían con mayor urgencia las actas de nacimiento por una situación médica complicada. 

Además, han tenido contacto con otras tres mujeres embarazadas que es altamente probable que también se enfrenten a esta situación una vez que los infantes nazcan. 

Si bien es cierto que algunos trámites administrativos recientes necesitan esa “espera”, también lo es que tendiendo antecedentes y siendo la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos muy clara sobre que tenemos derecho como mexicanos a registrarnos, pues el problema termina siendo lo suficientemente absurdo.

En esta ocasión, la comunidad LGBTTTi de Nuevo León convocó a un plantón frente al Palacio de Gobierno para exigir las actas. 

Afortunadamente, a Raúl Guajardo, Director del Registro Civil se le ha pedido que de una disculpa a estas familias. 

Parece ser que entre la ineptitud, la confusión y el que “los políticos no comen lumbre” se ha dado un paso más en Nuevo León. 

Hasta el momento que escribo esta columna desde el plantón, Mario Rodríguez informa a la comunidad que por órdenes del Gobernador -¡qué necesidad!- todos los niños y niñas que de padres o madres del mismo sexo podrán ser registrados como sus hijos legítimos. 

Que al final de cuentas no es un favor. Es un derecho de cualquier infante que ningún gobierno debe negar o aplazar. 

Por eso mismo, es importante que esto haya sucedido. 

En primera porque Joseph, que ya tiene un nombre y lo más importante: los apellidos de sus dos madres. 

Pero lo vital, que se entienda de una vez por todas que “toda persona tiene derecho a la identidad y ser registrado de manera inmediata a su nacimiento”, eso asegura nuestra Constitución a la que hay, desafortunadamente, a veces que hacer valer a fuerza de la “rebeldía” colectiva.

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