En una imagen que La Círcula Jurídica fijó en su cuenta de Twitter, donde predomina el color violeta, aparecen diversas mujeres que están protestando con pancartas y pañuelos verdes. Dicha agrupación nació en 2017.
Desde la academia, abogadas feministas tenían interés por discutir temas legales y así notaron la necesidad de democratizar el derecho para convertirlo en una herramienta de agencia y cambio social en beneficio de las mujeres. Ejemplo de ello es el Taller de Autodefensa Jurídica para Manifestaciones Públicas que La Círcula Jurídica impartió en el Estado de México en alianza con la Asamblea Vecinal Nos Queremos Vivas Neza, que acompaña a mujeres víctimas de violencias en territorio mexiquense.
Ana Laura Velázquez Moreno y Vero Berber facilitaron el taller en el municipio de Nezahualcóyotl. Partieron de que este 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, es posible ejercer el derecho a la protesta que está establecido en la Constitución mexicana.
“La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público”, menciona el artículo 6 constitucional.
Para ello, es necesario conocer algunas medidas de autocuidado antes de tomar las calles. En la lucha contra las violencias de género las mujeres no están solas y en las marchas tampoco: unirse a algún grupo o contingente puede ser una opción para estar más seguras.
Sola o acompañada, es importante informarse sobre el recorrido que tendrá la manifestación, los puntos de encuentro y el lugar donde terminará. Hay que ubicar las zonas por las que la protesta va a pasar para identificar posibles rutas de evacuación, hospitales, estaciones de policía y de transporte público.
Antes de la marcha, La Círcula Jurídica sugiere comunicarle a una persona de confianza que se asistirá, la posible hora de llegada y de término y las ubicaciones de partida y de finalización de la protesta. Es recomendable que este contacto no necesariamente esté en la manifestación, pero sí la monitoree a través de redes o medios de comunicación y esté al pendiente.
La Círcula Jurídica recomienda a las mujeres que marchan anotar en su antebrazo nombre, número de emergencia y tipo de sangre con un marcador indeleble. La ropa de algodón o tela no sintética y calzado con suela de hule o goma cómodos, el agua y el bloqueador solar, el celular con batería y saldo y la pila recargable son otros objetos indispensables, así como el cubrebocas y el gel antibacterial debido a la pandemia de COVID-19.
Algunas colectivas aconsejan llegar un poco antes de la hora convocada. Esto ayuda a ubicar a las organizadoras, a quienes se vayan congregando, a establecer un punto de reunión en caso de que el grupo o contingente se separe y a intercambiar números telefónicos. La Brigada Marabunta, por ejemplo, sugiere visibilizar al grupo o contingente con pancartas, gorras o playeras y acordonarse.
Durante la marcha
Las abogadas Ana Laura Velázquez Moreno y Vero Berber impartieron este taller dirigido a activistas y personas interesadas en acudir a las manifestaciones públicas. Recomendaron información de Artículo 19, que ofrece consejos en caso de que una manifestación sea dispersada, reprimida o se torne violenta.
“Siempre evalúa la posibilidad de abandonar la marcha; tú seguridad y la de las personas que te acompañan es más importante. Mantente alejado de los perímetros de resguardo establecidos por las autoridades; presta atención a cualquier movimiento que hagan para rodear o encapsular la marcha. No toques o recojas ningún objeto que sea arrojado”, enlista esta organización.
La Círcula Jurídica advierte que las manifestantes sí pueden ser detenidas en una protesta si están cometiendo un delito (acto u omisión que sancionan las leyes penales y que es investigado por el Estado y sancionada por un Tribunal en materia penal, por ejemplo, el daño a la propiedad privada, la vulneración de la integridad física de transeúntes y autoridades o el robo) o falta administrativa (conductas que contravienen el orden público y, debido a que no son consideradas tan graves, las sanciones que ameritan son administrativas y se ubican en el Reglamento de Justicia Cívica del Municipio).
La persona puede ser detenida en flagrancia, es decir, al momento de estar cometiendo un delito, o inmediatamente después de cometerlo en virtud de que es perseguida o señalada por la víctima, ofendido o algún testigo presencial de los hechos.
Ante la detención por una falta administrativa, las autoridades inmediatamente deben llevar la persona ante el juzgado cívico competente, lo cual depende del lugar dónde se llevó a cabo la infracción; o al Ministerio Público competente (dependiendo del caso o de dónde se cometió el delito) si se trata de un delito.
Las sanciones administrativas pueden implicar arresto hasta por 36 horas, multa, amonestación, trabajo en favor de la comunidad o amparo administrativo. Mientras que las penales conllevan prisión o multa.
Tanto Velázquez como Berber explicaron que las personas detenidas siempre tienen derechos tales como que quienes realicen la detención se identifiquen, argumentando la razón de la acusación; negarse a declarar o declarar ante el juez; no ser incomunicado; contar con una defensa adecuada y gratuita.
Después de la marcha, es recomendable guardar cualquier elemento que identifique a alguien parte de la protesta, una vez que termine la movilización. También es importante el acompañamiento para no llegar sola a casa.
“Entre nosotras mismas nos cuidamos y si ustedes tienen este conocimiento porque tuvieron la oportunidad de venir a un taller, en la medida de lo posible hay que replicarlo y que llegue a otros espacios porque el conocimiento es de todas”, concluye Vero Berber.