Mujeres acusadas de abortar en el Estado de México podrían obtener su libertad con la aprobación de la Ley de Amnistía en la entidad.
En abril de 2020, entró en vigor a nivel federal la legislación que beneficiará con la liberación a personas que no cometieron delitos graves o que se encuentran en una situación de extrema vulnerabilidad.
Dicha ley, aprobada por el Congreso de la Unión, también beneficia a mujeres acusadas del delito de aborto y con sentencia por exceso de legítima defensa en la protección de su vida e integridad, así como la de sus hijos, y a indígenas que durante su proceso legal no contaron con intérpretes o defensores que conocieran su lengua.
Además, la norma también considera a personas con discapacidad permanente que hayan cometido algún delito por indicación de su cónyuge, concubinario o concubina, pareja, pariente por temor fundado o que fueran obligados por grupos de la delincuencia organizada.
Max Correa Hernández, legislador de Morena y promotor de la aprobación de la legislación, comentó que la prioridad será que ayude a las personas sin antecedentes delictivos que cometieron delitos con bajas penalidades o que fueron forzados a cometerlos.
“Podrán solicitar y tener una adecuada liberación consecuente con la racionalidad y la naturaleza que subyace en los derechos humanos”, dijo.
La modificación incluye la creación de una comisión legislativa especial que dará seguimiento a los casos y los atenderá por su relevancia.
En entrevista, Karen Silva, integrante del área de políticas públicas de la organización Equis Justicia, destaca que si bien la aprobación de la ley es importante, falta un largo camino para lograr la reparación del daño.
“A diferencia de la federal, la legislación en el Estado de México es más amplia pues incluye a mujeres acusadas y con sentencia por exceso de legítima defensa en la protección de su vida e integridad, así como la de sus hijos. Eso se celebra, pero no debemos perder de vista que el gran riesgo es que se quede como una norma inoperante como lo ha sido la federal en que la comisión sólo sesiona un par de veces y desde su publicación no hay ni una persona beneficiada. Es como si solo se quedara en el discurso”, apunta.
Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) muestran que en 2019 hubo un total de 723 carpetas de investigación por el delito de aborto, de las cuales 155 fueron abiertas en el Estado de México. De enero a noviembre del año pasado, el número de averiguaciones a nivel nacional fue de 587, 136 pertenecen a la entidad mexiquense.
Equis Justicia establece que en el Estado de México, las mujeres privadas de la libertad por delitos del fuero común son mil 842 mientras que a nivel nacional tanto en el fuero local y federal suman 11 mil 933.
Alex Méndez Díaz, abogado independiente, asegura que no se debe perder de vista que la Ley de Amnistía no significa determinar la inocencia de las personas sino que
Amnistía y solución a fondo
Para Méndez Díaz, existe el riesgo de que no todas las mujeres privadas de su libertad por del delito de aborto puedan obtener la Amnistía.
“Es urgente hablar de las mujeres que han sido sentenciadas no solo por el delito de aborto sino que además se les imputa homicidio agravado en relación con parentesco o infanticidio, ellas son sentenciadas por esos dos delitos que no se incluyen dentro de la ley y que por lo no podrán ser beneficiadas”, menciona.
Entre las medidas necesarias para proteger la dignidad y bienestar de las mujeres, Karen Silva apunta a señalar la desigualdad que las mujeres enfrentan en el sistema de justicia.
De acuerdo con la integrante de Equis Justicia, los roles de género impactan en la manera en que se cometen delitos, por ejemplo en mujeres privadas de la libertad se tratan temas como el aborto, hechos relacionados con redes criminales contra la salud donde ellas participan en los eslabones más expuestos a la persecución, pues son quienes transportan, siembran, hacen labores de venta y aunque sean delitos no violentos, son más expuestas a ser detenidas.
“Para atender el problema de fondo, es indispensable abordar las circunstancias que pusieron a estas mujeres en prisión, atender la pobreza en la que viven, elaborar mecanismos de no repetición, que se evalúe la prisión preventiva que es usada de manera desproporcionada y lejos de disminuir la violencia solo llena las cárceles y sobre todo, comenzar a pensar en políticas públicas que les ayuden al momento de su reinserción social”, finaliza.