Amnistía que no llega a los estados de la república
La ley que promulgó el Gobierno de México en el año 2020 prevé que cada uno de los estados expida su propia legislación sobre este recurso, sin embargo, hasta ahora solo cuatro lo han hecho; en 18 entidades ya se elaboraron iniciativas al respecto, revela el Observatorio de Amnistías
Luis HerreraAunque la Ley de Amnistía que promulgó el Gobierno de México en el año 2020 considera que todas las entidades federativas cuenten con una norma similar a nivel local, hasta ahora únicamente cuatro de ellas han expedido su propia legislación en la materia: Estado de México, Hidalgo, Sinaloa y Tlaxcala.
Así lo revela el Observatorio de Amnistías, un colectivo de organizaciones civiles que recientemente publicó su informe titulado “Ley de Amnistía: un año de simulación” en el que evalúan los avances que han registrado estas legislaciones entre los estados de la República.
“Celebramos la aprobación de leyes de amnistía en cuatro entidades federativas: Estado de México, Hidalgo, Sinaloa y Tlaxcala. No obstante, el resto de los Congresos estatales han sido omisos en legislar leyes de amnistía locales que puedan extender los beneficios de la amnistía a sus entidades”, señalan.
De acuerdo con la investigación del Observatorio, hay otras 18 entidades donde ya se formularon iniciativas en sus Congresos para expedir una Ley de Amnistía estatal, a saber: Aguascalientes, Baja California, CDMX, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas.
El artículo segundo transitorio de la ley señala que: “El Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Gobernación (Segob), promoverá ante los gobiernos y las Legislaturas de las entidades federativas la expedición de leyes de amnistía por la comisión de delitos previstos en sus respectivas legislaciones que se asemejen a los que se amnistían en esta ley”.
Sin embargo, el Observatorio asegura que este mandato ha sido omitido por la Secretaría de Olga Sánchez Cordero: “La Segob ha incumplido su obligación de promover la adopción y armonización de la Ley de Amnistía en los Congresos locales, puesto que no se han realizado acciones al respecto de acuerdo a la información proporcionada por la misma dependencia”.
La amnistía
La Ley de Amnistía que expidió el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, el 22 de abril de 2020, pretende: “Beneficiar a personas en condición de vulnerabilidad que hubiesen cometido un grupo determinado de delitos. La finalidad de la Ley es garantizar la justicia social a las personas que han sido más afectadas por una política punitivista estatal que castiga de manera desproporcionada a grupos que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad”, explica el Observatorio.
Los beneficios de la ley se pueden aplicar a personas contra las que se haya ejercitado acción penal, o que se encuentren procesadas; o que cuenten ya con una condena firme ante los tribunales federales; y consisten en la extinción de la responsabilidad penal y, de haberla, de la pena impuesta.
Sin embargo, la ley establece distintas condicionantes para que las personas puedan ser sus beneficiarias, por ejemplo, destaca el informe, “que no sean reincidentes respecto del delito por el que están indiciadas o sentenciadas, por los delitos cometidos antes de la fecha de entrada en vigor de la misma”.
Los ilícitos que están contemplados en la Ley de Amnistía bajo ciertos supuestos son el aborto (u “homicidio por razón de parentesco, cuando el sujeto pasivo sea el producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”); los delitos contra la salud; el robo simple y sin violencia; y la sedición (llamado al desorden contra alguna autoridad).
Por cualquier delito, a personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas que durante su proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura (artículo 1, fracción IV)”.
La simulación
La poca penetración que ha tenido la Ley de Amnistía entre los Gobiernos estatales, y los pobres resultados que también se han tenido a nivel federal en la materia, llevaron a que el Observatorio de Amnistías evaluará de forma negativa el primer año de existencia de esa legislación.
Además, dice el Observatorio, la Comisión de Amnistía que se instaló para analizar y dictaminar los casos, y que preside la Segob, no ha sido eficiente (sus resoluciones de procedencia deben ser confirmadas por un juez federal):
“Los avances de la Comisión de Amnistía son prácticamente inexistentes, dado que ésta ha sesionado sólo tres veces en un periodo de 10 meses, sin que exista noticia de la concesión de alguna amnistía. Además, la vasta mayoría de las solicitudes presentadas han sido declaradas improcedentes, ya sea por falta de información o por no cumplir con los requisitos necesarios. Desde el Observatorio de Amnistías hemos señalado nuestra preocupación por la falta de celeridad de la Comisión, así como que no se haya dado a conocer el mecanismo de revisión para los expedientes que son calificados como no procedentes”.
Segob responde
El mismo 22 de abril que el Observatorio publicó su informe, la Segob emitió un comunicado titulado “Confirman primeras cinco liberaciones por procedencia de amnistía”.
“La Segob informa que se realizan las primeras audiencias, confirmando cinco liberaciones por procedencia de amnistía en el país, por lo que refrenda que una de las acciones más destacables para avanzar hacia una justicia social es actualmente el trabajo realizado en torno a la aplicación de ésta”, señala la dependencia.
“Existen 38 casos en los que se ha participado en audiencias con jueces federales de entidades federativas que califican la procedencia del beneficio de amnistía; y se ha notificado la confirmación de estos cinco casos de liberación por procedencia”, añade.