Aprueban revocación de mandato para AMLO y futuros presidentes
El Senado de la República aprobó, en lo general y lo particular, las reformas del dictamen de reformas constitucionales en materia de consulta popular y revocación de mandato.
Indigo StaffEl Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular el dictamen de reformas constitucionales en materia de consulta popular y revocación de mandato, con 98 a favor, 22 en contra y una abstención.
Durante la discusión, las fracciones de oposición denunciaron que con esta reforma habría la posibilidad de la reelección del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).
Más tarde, fueron aprobados los artículos reservados con 90 votos a favor y 22 en contra.
¿Cómo se solicita la votación?
Para que proceda la votación de revocación de mandato se necesita que, al menos, tres por ciento de los ciudadanos que conforman el padrón electoral nacional la soliciten por medio de sus firmas.
Dichas firmas procederán de 17 estados del país y deberán representar el tres por ciento de cada padrón electoral local.
Así funcionaría para AMLO
En caso que la ciudadanía decida someter a revocación de mandato al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), la solicitud deberá ser presentada durante los primeros 15 días de diciembre de 2021.
Y el periodo de recolección de firmas será del 1 de noviembre al 15 de diciembre de 2021; por obvias razones, sólo las personas con credencial de elector vigente podrán firmar.
Una vez que el Instituto Nacional Electoral valide las firmas recabadas tendrá hasta el 4 de enero de 2022 para emitir la convocatoria.
Así, la jornada de votación será a los 60 días después de ser expedida la convocatoria; aproximadamente en marzo de 2022.
¿Y para futuros presidentes?
Para los presidentes de México electos después de 2024 aplicarán las mismas reglas de recolección de firmas, pero en tiempos distintos.
La revocación de mandato sólo podrá ser solicitada una vez y será al concluir el tercer año de gobierno; en los meses octubre, noviembre y diciembre.
Mientras que la recabación de firmas deberá realizarse el mes previo a la conclusión del tercer año; es decir, en el mes de septiembre.
Cabe recordar que los presidente ya no terminarán su sexenio el 1 de diciembre, sino el 1 de octubre; comenzando por el propio AMLO.
La votación se llevará a cabo a los noventa días de que el INE emita la convocatoria; aproximadamente en el mes de abril.
Además que la jornada de votación no podrá coincidir con votaciones electorales, federales y locales para que no haya interferencia en los procesos.
¿Qué procede después de la votación?
La revocación de mandato sólo será valida si en la jornada de votación participó, al menos, 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electoral.
Una vez que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) valide la votación, el presidente en turno cesará de sus funciones.
Paso siguiente, se aplicará el artículo 88 de la Constitución, el cual señala que ante la falta de presidente, el Congreso nombrará a un presidente interino o substituto.
✅ Con 98 votos a favor, 22 en contra y 1 abstención se aprueba en lo general y los artículos no reservados del dictamen de reformas constitucionales en materia de #ConsultaPopular y #RevocaciónDeMandato.
— Senado de México (@senadomexicano) October 15, 2019
Lee: Coparmex exige frenar iniciativa de revocación de mandato de AMLO
La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) hizo un llamado al Senado para que frene la iniciativa de revocación de mandato.
En este sentido, el organismo considera que la revocación es antidemocrática, populista e ineficaz.
“La revocación de mandato pone en riesgo la estabilidad de México y que abre el camino de la reelección”, señaló.