Avala TEPJF candidaturas de Mancera y ‘Napo’

La votación en la Sala Superior fue de 5 votos a favor del proyecto en general aunque con algunas reservas y diferencias en algunos apartados
Carlos Salazar Carlos Salazar Publicado el
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Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación avalaron el registro de Miguel Ángel Mancera y de Napoleón Gómez Urrutia como candidatos al Senado por la vía representación proporcional de los partidos PAN y Morena, respectivamente.

El proyecto de la magistrada presidente Janine Otalora, presentado ante el pleno, desecha las impugnaciones presentadas donde se cuestionaba el cumplimiento de los requisitos constitucionales de elegibilidad de ambos y confirma la legalidad de sus candidaturas.

La votación fue de 5 votos a favor del proyecto en lo general, aunque con algunas reservas y diferencias en algunos apartados. La magistrada Monica Soto Fregoso votó en contra de mantener el registro de Miguel Ángel Mancera; y José Luis Vargas Valdez se pronunció en contra de confirmar ambas candidaturas.

En el caso del ex Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, la impugnación se basa en lo mencionado en el Artículo 55 de la Constitución que señala que un gobernador o jefe de gobierno de la Ciudad de México no podría ser electo como diputado federal o senador en la misma entidad que ha gobernado.

Sin embargo, en el proyecto se establece que la prohibición solo aplicaría a los candidatos por mayoría relativa y no a los aspirantes por la vía de representación proporcional. Además, al ser candidato por la vía plurinominal, se considera que es una candidatura en todo el país y no solamente en una única circunscripción.

Por otra parte, en el caso del líder minero Napoléon Gómez Urrutia, cuyo registro fue impugnado por el Partido Revolucionario Institucional, se señalaba como causantes de inelegibilidad una doble nacionalidad (mexicana y canadiense), así como el incumplimiento de los 6 meses mínimos de residencia en el país antes del día de la elección.

En ambos casos prevaleció el derecho a votar y ser votado garantizado en el Artículo 1 de la Constitución, además de que el líder minero acreditó su nacionalidad mexicana y el estar inscrito en el padrón electoral, por lo cual las restricciones de nacionalidad y residencia no son exigibles a su persona.

Minutos antes de la votación, pero ya una vez perfilado el sentido de la misma, la panista Mirelle Montes, quien presentó la impugnación en contra de Mancera, compartió un video en sus redes sociales en donde condenó la decisión del Tribunal, afirmando que es un golpe a la confianza en las instituciones.

“Un proyecto que avalaría las violaciones a los estatutos de mi partido pero sobre todo a nuestra Constitución. Este tribunal está constituyendo como un derecho humano de los gobernadores el fuero al normalizar la impunidad que tanto daño ha hecho a nuestro país”.

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