Búsqueda de personas frustrada por subejercicio

Jalisco, Michoacán y Zacatecas ejercieron en 2019 la totalidad del subsidio federal que recibieron para la búsqueda de personas desaparecidas; los 17 estados restantes que tuvieron el apoyo presentaron subejercicios por más de 37 millones de pesos, a pesar de que en el país hay más de 61 mil desaparecidos
Luis Herrera Luis Herrera Publicado el
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Jalisco se encuentra entre los tres únicos estados del país que ejercieron completamente el subsidio federal para la búsqueda de personas desaparecidas en el año 2019, mientras que el resto tuvieron que devolverle a la Federación una bolsa superior a los 37 millones de pesos por no haberlos aprovechado correctamente.

De acuerdo con un informe generado por la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNB) de la Secretaría de Gobernación (Segob), en 2019 se distribuyeron 248 millones 881 mil 652 pesos entre 20 entidades federativas para el fortalecimiento de sus respectivas Comisiones de Búsqueda de Personas.

Sin embargo, de este grupo de entidades solamente tres de ellas aparecen con cero devoluciones a la Federación, a saber: Jalisco, que ejerció en su totalidad 9 millones 609 mil 462 pesos; Michoacán, que tuvo una bolsa por 11 millones de pesos; y Zacatecas, que recibió un subsidio por 7 millones 700 mil pesos.

Las otras 17 entidades fallaron en la aplicación del subsidio al no haberlo ejercido a plenitud, no obstante la profunda crisis de desapariciones por la que atraviesa el país, y por lo cual devolvieron 37 millones 109 mil 075 pesos, según se revela en este reporte obtenido mediante el recurso de revisión RRA/3827/20, ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Los tres estados con los peores resultados en este sentido, al haber tenido que devolver la totalidad del subsidio federal que habían obtenido de Segob, son: Puebla, que tuvo que retornar la totalidad de los 10 millones de pesos que había recibido; también Chihuahua, que tuvo que regresar todo su subsidio por 7 millones de pesos; y el Estado de México, que también reintegró toda su bolsa por 1 millón 750 mil pesos.

Entre los estados que devolvieron sólo parte de su subsidio están: Coahuila, por cinco millones 577 mil 926 pesos; Tlaxcala, por tres millones 763 mil 454 pesos; Guerrero, por tres millones 169 mil 639 pesos; Ciudad de México, por un millón 673 mil 514 pesos; y Sinaloa, con un millón 283 mil 673 pesos.

Mientras que con devoluciones por debajo del millón de pesos, figuran estos estados: Nuevo León, con 809 mil 265 pesos; Tamaulipas, con 637 mil 823 pesos; Tabasco, con 405 mil 052 pesos; Veracruz, con 402 mil 856 pesos; San Luis Potosí, con 390 mil 096 pesos; Durango, con 142 mil 583 pesos; Hidalgo, con 87 mil 925 pesos; Morelos, con 14 mil 955 pesos y Nayarit, con solo 308 pesos.

Las Comisiones locales de búsqueda fueron diseñadas con amplias facultades para encabezar las labores de localización de personas

Las reglas del subsidio para la búsqueda

En este reporte fechado el 1 de junio de 2020, y signado por la directora general de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, Brenda Ángeles Manjarrez, se advierte que la utilización de este fondo está regulada por los “Lineamientos para el otorgamiento de subsidios a las Entidades Federativas a través de sus Comisiones Locales de Búsqueda para realizar acciones de Búsqueda de Personas”, de 2019.

Y es precisamente en el artículo 26 de esos Lineamientos donde se señala que el recurso debe aplicarse dentro del mismo ejercicio fiscal en el que se recibe; de lo contrario, el dinero no usado se devuelve a la Federación:

“Las Comisiones Locales de Búsqueda de las Entidades Federativas beneficiadas deben informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas sobre los resultados de las actividades realizadas en el marco de los Convenios de Coordinación y Adhesión así como el Proyecto Ejecutivo. Los recursos y los rendimientos financieros que no hayan sido devengados en el Ejercicio Fiscal 2019 deben ser reintegrados a la Tesorería, previo a la presentación del cierre del ejercicio y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables”.

Asimismo, el artículo 38 complementa esta regla: “Las Comisiones Locales de Búsqueda, al cierre del ejercicio fiscal, deben reintegrar a la Tesorería los recursos previstos en los Lineamientos con los rendimientos financieros generados, que al 31 de diciembre de 2019, no hayan sido devengados en los términos previstos en el artículo 4, fracción XV de la Ley General de Contabilidad Gubernamental”.

Para poder tener acceso a este subsidio los Gobiernos estatales deben presentar proyectos ante la Comisión Nacional de Búsqueda “que contribuyan al establecimiento de medios, así como herramientas y proyectos para realizar acciones de búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas”; en esa instancia se autorizan o desechan.

Crisis de desaparecidos

Los gobiernos estatales del país desaprovecharon estos más de 37 millones de pesos -el 14.91 por ciento del subsidio total- que tuvieron en sus manos para la búsqueda de personas, a pesar de que actualmente se tienen registrados 61 mil 637 desaparecidos en todo México, según lo reportó la Segob en enero de 2020.

Las Comisiones de Búsqueda de los estados, así como su par nacional, fueron creadas a partir de la entrada en vigor en noviembre de 2017 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Estos órganos aún de reciente creación fueron diseñados con amplias facultades para encabezar las labores de búsqueda y localización de personas, según el artículo 53 de esa ley que enlista las atribuciones de la Comisión Nacional, y de forma análoga, de las Comisiones locales, tales como:

“Determinar y, en su caso, ejecutar, las acciones de búsqueda que correspondan, a partir de los elementos con que cuente”; y “acceder sin restricciones a la información contenida en plataformas, bases de datos y registros de todas las autoridades para realizar la búsqueda de la persona desaparecida o no localizada, de conformidad con las disposiciones aplicables”.

Las Comisiones también pueden: “Integrar grupos de trabajo para proponer acciones específicas de búsqueda”; y “elaborar diagnósticos periódicos, que permitan conocer e identificar modos de operación, prácticas, patrones de criminalidad, estructuras delictivas y asociación de casos que permitan el diseño de acciones estratégicas de búsqueda”.

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