Castigos contra narcos pirata
En la Ciudad de México se castigará hasta con seis años de prisión cuando en un delito se amenace para hacer creer a la víctima la supuesta intervención de algún grupo vinculado con la delincuencia organizada o asociación delictuosa sin ser ello cierto, aún y cuando sea solo para lograr que el afectado no denuncie el hecho.
Así lo establece el decreto que reforma el artículo 236 del Código Penal de la Ciudad de México y que publicó ayer el gobierno capitalino en la Gaceta Oficial.
En la Ciudad de México se castigará hasta con seis años de prisión cuando en un delito se amenace para hacer creer a la víctima la supuesta intervención de algún grupo vinculado con la delincuencia organizada o asociación delictuosa sin ser ello cierto, aún y cuando sea solo para lograr que el afectado no denuncie el hecho.
Así lo establece el decreto que reforma el artículo 236 del Código Penal de la Ciudad de México y que publicó ayer el gobierno capitalino en la Gaceta Oficial.
Además, las penas se incrementarán en una mitad cuando se utilice como medio la vía telefónica, el correo o cualquier otro medio de comunicación.
Esta medida entrará en vigor en 30 días y se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al mismo.
El artículo 236 del Código Penal capitalino se refiere a la extorsión y señala también que se aplicará una pena de dos a ocho años de cárcel y multa de 100 a 800 días a quien obligue a otra persona a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro causando a alguien un perjuicio patrimonial.
Cuando el delito se cometa en contra de persona mayor de 60 años, las penas se incrementarán en un tercio.