El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) determinó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) es competente para realizar visitar a instituciones privadas y verificar que no se excedan en los cobros que realizan.
Entre las cuestiones que la Profeco puede verificar se encuentran los pagos de colegiaturas, prácticas deportivas, exámenes extraordinarios, entre otros.
El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito resolvió así un amparo interpuesto por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM), institución que, dijo, no está eximida de cumplir con la ley en cuestiones monetarias.
Aunque el CJF afirmó que el ITESM puede manejarse libremente, de acuerdo a su reglamentación, en cuestión educativa y planes de estudio, mismos que están sujetos a la aprobación de la Secretaría de Educación Pública (SEP), sus transacciones comerciales tendrán que ser verificadas.
“En la Ley Federal de Protección al Consumidor se advierte que, al prestar servicios educativos particulares de carácter comercial a cambio de una contraprestación, la Procuraduría Federal del Consumidor es competente para practicar visitas a las instituciones educativas privadas”, especificó.
Entre las cuestiones monetarias que la Profeco puede verificar, se encuentran los costos establecidos por los servicios que prestan, como los relativos a inscripción o reinscripción, colegiaturas, cobros por exámenes extraordinarios, cursos de regularización, duplicados de certificados, constancias, credenciales, cursos complementarios fuera del horario normal de clases, prácticas deportivas especiales y otras actividades extracurriculares y transporte.
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