Congreso emite declaratoria constitucional de la Guardia Nacional, ¿qué sigue?

Tras la aprobación de la minuta para la creación de la Guardia Nacional en los 32 estados del país, la Cámara Baja del Congreso de la Unión emitió la declaratoria constitucional
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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El Congreso mexicano declaró la constitucionalidad de la reforma en materia de Guardia Nacional, luego de su aprobación en los 32 Congresos de los estados mexicanos.

Primero tocó el turno a la Cámara de Diputados, quien enseguida la pasó al Senado de la República para después remitirla al Ejecutivo Federal para que el presidente Andrés Manuel López Obrador la promulgue y que el decreto sea publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Luego de que todos los congresos locales la avalaron, la Mesa Directiva realizó la declaratoria de reforma constitucional en materia de Guardia Nacional; se envió al Senado mexicano, publicó en Twitter la Cámara de Diputados.

Enseguida el Congreso de la Unión debe expedir las leyes secundarias de la nueva institución, entre ellas la de la propia Guardia Nacional, en un plazo no mayor a 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto.

También en un plazo de 90 días naturales desde que entre en vigor el decreto publicado en el DOF, se deben emitir las normatividades secundarias que reglamenten el uso de la fuerza y sobre el registro de detenciones.

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