Contratos amañados en TECDMX aprovechan autonomía

La máxima autoridad electoral en la Ciudad de México aprovechó su autonomía para adjudicar millones de pesos a proveedores irregulares en 2020, lo que presuntamente infringe las leyes locales y federales
David Martínez David Martínez Publicado el
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El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) hace uso de su autonomía para firmar contratos con empresas irregulares, es decir, que no cumplen los requisitos de Ley.

Durante el año 2020, el Tribunal adjudicó poco más de un millón de pesos en contratos para la sanitización de sus instalaciones a la persona física Salvador Ángel Ascanio Zaldívar, a pesar de que no está registrado ante las autoridades federales ni como proveedor en las instancias locales.

Sin embargo, especialistas afirman que estas prácticas son comunes en órganos autónomos, que se valen de sus propios reglamentos y lineamientos para infringir las leyes locales.

Además, señalan que usan su autonomía de gestión para realizar procesos de adjudicación que responden a sus intereses.

En la irregularidad

El primer contrato que se le otorgó en 2020 a Salvador Ángel Ascanio Zaldívar es el folio TECDMX/ SA/AD/C-020/2021, cuyo objeto es el “Servicio de sanitización y desinfección de las instalaciones del edificio del TECDMX”, por el que se acordó un pago de 723 mil pesos, consta la información sobre los procesos de licitación y adjudicación directa del tribunal que se puede consultar en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT).

Mientras que el segundo convenio comercial es el TECDMX/ SA/AD/C-022/2020 con el mismo objeto que el anterior pero suscrito por un monto de 283 mil 040 pesos.

Ambos documentos fueron otorgados a través de adjudicación directa. No hubo un concurso de licitación pública entre varios proveedores que garantizara las mejores condiciones para la administración pública.

Los dos acuerdos comerciales fueron autorizados por parte del TECDMX por Héctor Ángeles Hernández, secretario de Administrativo; Itzel Romero Ponce, directora de Recursos y Servicios Generales; y por Eber Darío Comonfort Palacios, director general de Jurídico.

El monto total que recibió como pago por prestar los servicios suma un millón seis mil 040 pesos.

Sin embargo, el tribunal posiblemente infringió la Ley al contratar a dicho proveedor porque no está registrado como persona física con actividades empresariales ante la Secretaría de Economía (SE) del Gobierno de México.

Una búsqueda en el Sistema Integral de Gestión Registral (SIGER) de la SE revela que no aparece dado de alta como una persona física con actividades empresariales por lo que no cuenta folio real ni un giro mercantil específico.

Esto va en contra del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público que indica que cuando una persona física o moral no se encuentre en el registro único de proveedores de la Secretaría de la Función Pública (SFP), tiene que acreditar su existencia legal.

Además, tampoco tiene registro vigente en el Padrón de Proveedores de la Ciudad de México, en el que desde el 3 de septiembre de 2018 deben estar todas las empresas y personas físicas que son contratistas del servicio público local.

“A partir del 3 de septiembre de 2018 la constancia de registro en el Padrón de Proveedores es un requisito para participar en procedimientos de contratación pública de bienes, servicios y arrendamientos en la Administración Pública de la Ciudad de México”, dice un aviso en el portal electrónico de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP) donde se puede consultar el padrón.

En consecuencia, el tribunal no respetó ni los ordenamientos federales ni los locales al contratar a Ascanio Zaldívar.

Convenios amañados en TECDMX

El TECDMX aprovecha su condición de autónomo para hacer sus propios lineamientos y justificar no seguir las leyes locales y las federales en el tema de contrataciones, dice en entrevista Sonia Juárez Moreno, especialista en Ciencias Políticas y académica de la Facultad de Estudios Superiores Aragón, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

La especialista afirma que aunque las leyes generales para las adjudicaciones y contrataciones de obras y servicios públicos son claras, los órganos autónomos crean sus acuerdos y lineamientos para interpretarlas.

Sin embargo, dichos lineamientos no respetan el espíritu de las normas originales y terminan beneficiando al Tribunal, así como justificando posibles actos irregulares, comenta Juárez Moreno.

“Contratar a un proveedor que no está en el padrón, ni está registrado como una persona física con actividades empresariales, en el marco jurídico general está prohibido. Pero ellos tienen sus propios reglamentos que lo permiten (…), tienen un acuerdo general que regula las adquisiciones de obras públicas y otro para evitar la corrupción en contratos”, detalla.

En consecuencia, menciona la especialista, el Tribunal elabora sus propios reglamentos conforme a sus intereses y justifican irregularidades.

“Lo que para todos es irregular o fuera de la Ley, para ellos no, porque se protegen con estos lineamientos de órganos autónomos y lo hacen de acuerdo a sus propias necesidades y terminan siendo juez y parte del asunto”
Sonia Juárez MorenoEspecialista en Ciencias Políticas y académica de la FES Aragón, de la UNAM

El TECDMX es un órgano autónomo, lo que significa que no depende de ningún poder local ni institución gubernamental para realizar su trabajo.

La Constitución de la Ciudad de México indica que la importancia de la autonomía de este ente reside en que es la máxima autoridad a nivel local que resuelve controversias jurídicas en materia electoral.

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