Coparmex, el observador fallido de las elecciones

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Coparmex Jalisco violó los principios de imparcialidad y equidad durante el proceso electoral 2020-2021: aunque se registró como observador electoral, el organismo empresarial difundió mensajes contra el Gobierno de México y conminó a votar por el “cambio”
Luis Herrera Luis Herrera Publicado el
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La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Centro Empresarial de Jalisco (Coparmex Jalisco) incumplió con su función de observador electoral durante los pasados comicios, al haber vulnerado con sus acciones los principios de imparcialidad y equidad.

Coparmex Jalisco se registró como observador electoral ante el Instituto Nacional Electoral (INE) para velar por la legalidad del proceso electoral federal 2020-2021, sin embargo, durante las campañas electorales difundió mensajes en contra del Gobierno federal e incluso conminó a los votantes a que optaran por “el cambio”.

Estas acciones del organismo empresarial, que encabeza actualmente Carlos Villaseñor Franco, contravinieron los principios de imparcialidad y equidad que debía respetar, pues estaba fungiendo como observador electoral, según lo resolvió la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral, en la sentencia SRE-PSD-127/2021:

“Esta Sala Especializada advierte que las publicaciones denunciadas tuvieron como efecto rechazar o desestimar la intención de voto en favor de Morena en el proceso electoral federal 2020- 2021. (…) Ello, porque: se emitieron por una persona observadora electoral a la que es oponible el deber de observar el principio de imparcialidad; se dirigieron a plantear críticas al actuar del Poder Ejecutivo federal y no a realizar un ejercicio genuino de promoción del voto”
Sentencia del Tribunal Electoral

Además, los mensajes de Coparmex Jalisco: “Se realizaron en la etapa de mayor exposición de las ideas electorales, como la etapa de campañas, por lo que la relación entre la administración pública federal con el partido político que postuló a su titular adquiere relevancia en dicho contexto de crítica y competencia electoral; y se realizaron invitaciones expresas al cambio, lo que, visto en el contexto apuntado, se dirigió a la opción política que postuló al titular del Poder Ejecutivo federal, a cuya administración se dirigieron las críticas”.

El Tribunal Electoral destacó que el organismo empresarial tiene más de dos décadas participando como observador electoral, por lo que conoce muy bien las reglas que debe seguir desde esa función:

“Por tanto, Coparmex Jalisco incumplió con su obligación de observar el principio de imparcialidad en su actuar, misma de la que tenía pleno conocimiento puesto que, como ha sido mencionado con anterioridad, se encuentra prevista en el la Ley Electoral, en la convocatoria que se emitió para registrarse en el proceso electoral 2020-2021 como persona observadora electoral y en atención a que dicha organización ha venido participando con dicha calidad en procesos electorales desde el año 2000”.

Las publicaciones

Los mensajes de Coparmex Jalisco que fueron denunciados por Morena se publicaron tanto en redes sociales como en su portal oficial, e incluso se confirmó que: “Se pagó a Facebook para posicionar socialmente los contenidos de las publicaciones”.

Dice la sentencia: “Las publicaciones de Facebook que fueron denunciadas se emitieron los días: 27 de marzo; 8, 14, 22, 28 y 30 de abril, así como 3 de mayo. La realizada en la página de internet del referido sindicato patronal se encontraba vigente al momento en que la autoridad instructora certificó su existencia el 23 de mayo”.

Así se confirmó la falta, pues:

“Se observa que la totalidad de publicaciones denunciadas se emitieron o encontraban vigentes con posterioridad a que Coparmex Jalisco fue registrada dentro del padrón de organizaciones observadoras electorales, por lo que en la totalidad de publicaciones se involucra tanto su calidad de sindicato patronal como de observadora electoral”
Sentencia del Tribunal Electoral

Entre los mensajes denunciados están los siguientes: “’Otorgan 89 mdp para estadio de equipo de beisbol del hermano del Presidente de México’, ‘La Secretaría de Desarrollo Territorial y Urbano asignó un contrato por 89 millones de pesos para renovar el estadio del equipo de beisbol Guacamayas de Palenque, dirigido por Pío López Obrador, hermano del Presidente de México’, ‘Fíjate en los hechos’ y ‘Sal a votar’”.

Y éste: “’En los últimos dos años mil 600 niñas y niños han perdido la vida por falta de tratamiento oncológico. En México, debido a la disposición del Gobierno actual de recortar el presupuesto para el tratamiento de medicinas contra el cáncer, se ha originado una crisis de desabasto a nivel nacional’, ‘Fíjate en los hechos’ y ‘Sal a votar’”.

La sentencia aprobada el 2 de diciembre de 2021, agrega: “También se concluye que la infracción actualizada se traduce en una vulneración al principio de equidad en la competencia, en perjuicio de Morena puesto que, al haber inobservado su deber de actuar de manera imparcial, Coparmex Jalisco generó un desequilibrio en su carácter de observador electoral entre dicha opción política y las restantes contra las que compitió en el proceso electoral federal”.

Coparmex naranja

Coparmex Jalisco se ha convertido en un semillero importante de cuadros políticos para el partido de Movimiento Ciudadano (MC). Actualmente hay tres exdirigentes y un consejero de ese organismo que llegaron a cargos públicos relevantes representando a esa fuerza política.

El alcalde de Guadalajara, Pablo Lemus Navarro; el alcalde de Zapopan, Juan José Frangie Saade; Mauro Garza Marín, diputado federal por Jalisco —Distrito 8— (estos tres fueron presidentes de Coparmex); y Horacio Fernández Castillo, también diputado federal —Distrito 10— y consejero de esa organización.

La infracción de Coparmex Jalisco se calificó como “grave ordinaria”, pero generó una multa de solo 180 Unidades de Medida y Actualización (equivalente a 16 mil 131.60 pesos).

“En suma, con motivo de la difusión de las publicaciones denunciadas, existente la infracción al deber de Coparmex Jalisco, en su carácter de observador electoral, de abstenerse de hacer proselitismo de cualquier tipo o manifestarse en favor de partido político y, por tanto, la vulneración al principio de equidad en la competencia electoral”, explicó el Tribunal Electoral.

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