Cotai podría sancionar a Manuel Vital
La Comisión de Transparencia y Acceso a la Información de Nuevo León tiene una petición ciudadana para actuar contra el secretario de Desarrollo Sustentable, Manuel Vital, por no rendir cuentas sobre el mejoramiento de la calidad del aire
Jesús PadillaLa Comisión de Transparencia y Acceso a la Información (Cotai) del Estado de Nuevo León, que preside Bernardo Sierra Gómez, cuenta con suficientes elementos para sancionar a la Secretaría de Desarrollo Sustentable de Manuel Vital por opacidad en la rendición de cuentas.
Un recurso ciudadano solicita a este organismo que actúe contra la dependencia estatal, a cargo de Manuel Vital, porque no justifica la situación de contaminación de la Zona Metropolitana de Monterrey (ZMM).
Este documento de petición de sanción, en poder de Reporte Índigo, fue interpuesto por el ciudadano José Muzquiz Zermeño y se sustenta en la respuesta de la solicitud de transparencia SDS-UTAI/073/2020, acerca de la integración de un grupo técnico para mejorar la calidad del aire.
En la respuesta registrada bajo el número de control 00500, Jean Michel Hernández Hurtado, responsable de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Estado de Nuevo León, se limitó a contestar “no se ha llevado a cabo”.
La inconformidad presentada ante la Cotai se sustenta en que el secretario Vital no conformó un grupo técnico responsable de las medidas de salud a través de una convocatoria, tal como lo pide el Programa de Gestión para Mejorar la Calidad del Aire del Estado (Pro Aire).
En la solicitud de transparencia se pregunta quiénes son sus integrantes, cuántas veces han sesionado y se pide copia de las actas o listas de asistencia levantadas con motivo de las reuniones por el grupo.
“No se ha llevado a cabo”, dice el oficio firmado por Jean Michel Hernández Hurtado.
Vital al vapor
Tras el recurso de inconformidad presentado a la Cotai del Estado de Nuevo León, la Secretaría de Desarrollo Sustentable, a cargo de Manuel Vital, dice no tener competencia para implementar el sistema de recuperación de vapor en el manejo de combustibles.
Pero esta dependencia estatal sí es competencia para implementar el sistema para brindar dicha información. Así lo establece la acción 3 de la página 9 del Programa de Gestión para Mejorar la Calidad del Aire del Estado de Nuevo León (Pro Aire).
“No es competencia de la Secretaría de Desarrollo Sustentable”, asegura Vital en la respuesta de transparencia bajo el número de control 00500.
“Se considera que el sujeto obligado sí es autoridad competente para brindar dicha información, toda vez que en la acción 3 de la página 9 del Programa de Gestión para Mejorar la Calidad del Aire del Estado de Nuevo León (Pro Aire) establece que la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Estado de Nuevo León, es la encargada de desarrollar el “Programa de implementación de sistemas de recuperación de vapor en las terminales de almacenamiento, estaciones de servicio y en la distribución de combustibles”, refiere el recurso emitido ante la Cotai.
El promovente del recurso, Muzquiz Zermeño, considera que ese requisito está dentro del programa y se deberá contemplar la firma de convenios entre la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), Petróleos Mexicanos (Pemex) y autoridades ambientales.
Además se le solicitó a Vital un informe sobre el porcentaje de establecimientos con sistema de recuperación de vapores y respondió que es competencia de ASEA.
José Muzquiz Zermeño pide que al resolver el presente asunto se impongan las multas correspondientes por el incumplimiento a las disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.
Cotai da prórroga por Covid-19
Este órgano de transparencia que preside Bernardo Sierra aplazó la actualización de la información de los entes públicos de Nuevo León al menos por 30 días hábiles ante la contingencia sanitaria del Covid-19.
El 27 de marzo, el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León publicó el plazo al 30 de mayo de 2020 para la actualización mensual de las obligaciones de transparencia.
“Esta Comisión estima necesario sumarse a la ampliación del plazo para la carga y actualización de la información que realizan los sujetos obligados del estado en el Sistema de portales de Obligaciones de Transparencia de la Plataforma Nacional de Transparencia por 30 días naturales para el caso de las obligaciones cuya periodicidad sea mensual y trimestral contados del 1 al 30 de mayo del 2020”, menciona el documento.