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Delegado de Sedesol avaló gasera peligrosa

El delegado de la Sedesol en Nuevo León, Pablo Elizondo, autorizó durante su periodo como munícipe de Montemorelos una gasera irregular que viola la ley estatal e incumple con los requisitos mínimos de seguridad civil.

La administración del exedil priista aprobó la estación de gas frente a diversas viviendas, sin cumplir con la distancia mínima de resguardo de 100 metros que debe tener ese tipo de establecimiento.

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El delegado de la Sedesol en Nuevo León, Pablo Elizondo, autorizó durante su periodo como munícipe de Montemorelos una gasera irregular que viola la ley estatal e incumple con los requisitos mínimos de seguridad civil.

La administración del exedil priista aprobó la estación de gas frente a diversas viviendas, sin cumplir con la distancia mínima de resguardo de 100 metros que debe tener ese tipo de establecimiento.

El asunto de los hidrocarburos persigue al delegado: primero se reveló que pagó durante su Alcaldía más de 2 millones de pesos a uno de sus escoltas por un supuesto consumo de combustible, y ahora se da a conocer que autorizó este negocio que tampoco cuenta con el dictamen técnico de Protección Civil.

Por este caso, la Auditoría Superior del Estado, la ASE, sugirió la interposición de denuncias penales por el ejercicio indebido de funciones de los servidores públicos involucrados y el fincamiento de responsabilidades administrativas.

Aunque el órgano fiscalizador determinó la irregularidad durante la revisión de la Cuenta Pública 2012 del Municipio, un grupo de vecinos del área ya había denunciado la ilegalidad ante el Ayuntamiento de Montemorelos.

Más de 20 colonos de calles y predios circundantes interpusieron una denuncia administrativa en la que señalaban el riesgo que representa.

La querella, presentada el 16 de noviembre del año pasado, manifestaba que la instalación de la planta de distribución y venta de gas butano LP era ilegal, porque violaba las medidas que marca la Ley de Desarrollo Urbano del Estado.

Los vecinos, algunos con 50 años de residir en la zona, pidieron revocar el permiso de construcción y sancionar a los funcionarios públicos involucrados, pero las autoridades municipales desestimaron la exigencia.

La ley estatal contempla una distancia mínima de 100 metros, medidos desde las tangentes de los tanques de almacenamiento hasta las casas habitación, viviendas unifamiliares y multifamiliares del área.

Sin embargo, estos requisitos no se cumplieron, porque la obra está rodeada de un fraccionamiento y casas.

Juan Ignacio Cantú, el abogado que representaba al grupo de colonos inconformes, insiste en que este caso pone en evidencia la falta de criterio de la administración del exmunícipe tricolor.

“Hay una responsabilidad penal por parte de quienes lo autorizaron y lo voy a decir muy tajante: es la administración 2009-2012 en donde fungía como presidente municipal Pablo Elizondo”, señala el litigante.

“Yo les hice el comentario de que esto lo iba a señalar la Auditoría Superior del Estado tarde que temprano, situación que resultó al momento que la Auditoría revisa la cuenta y corrobora lo que yo les estaba diciendo”.

Este tipo de establecimientos también deben de contar con un dictamen de Protección Civil del Estado que acredite el cumplimiento de sus medidas de seguridad.

Pero el director de esa dependencia estatal, Jorge Camacho, confirmó que el establecimiento no lo tenía. 

El funcionario corroboró esto en la respuesta a una solicitud de información de un ciudadano, en donde reveló la inexistencia del dictamen técnico de la planta de gas LP, ubicada en la calle Libertad, en la colonia Barrio Matamoros.

“En los archivos de la Dirección de Protección Civil no obra la información requerida en su solicitud de información”, informó Camacho en un oficio del 10 de diciembre de 2012.

Pese a las irregularidades, los trabajos de la obra concluyeron desde finales del año pasado y ahora el negocio opera sin ningún problema.

A raíz de la denuncia de los vecinos, el Cabildo de Montemorelos sesionó el 14 de diciembre de 2012 y, por mayoría de votos, se declaró incompetente para revocar la autorización.

“(El Ayuntamiento) considera que no es una autoridad jurisdiccional que pueda revocar la licencia de uso de suelo comercial con giro de estación de gas LP”, se lee en una misiva firmada por el actual secretario del Ayuntamiento y exsuplente de Elizondo, Gilberto Ramos, y el alcalde Gerardo Nicolás Alanís.

“No se detecta que dicha autorización hubiera sido emitida con error inducido por el solicitante o mediante documentación que haya sido alterada o declarada falsa”.

Aunque los vecinos desistieron en su exigencia, la ASE determinó que el establecimiento era irregular, y emitió una Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa y sugirió la interposición de denuncias penales.

El Ayuntamiento de Montemorelos autorizó la licencia de uso de suelo comercial el 20 de abril de 2012, a favor del particular Jesús Casas y la empresa Mercantil Distribuidora, S.A. de C.V.

Elizondo dice: ‘Fue sin dolo’

Aunque la Auditoría Superior del Estado concluyó que los funcionarios que autorizaron la construcción de la gasera en Montemorelos incurrieron en el ejercicio indebido de funciones, el exalcalde Pablo Elizondo dijo que esa acción fue sin dolo.

Tras una inspección física a la estación, los auditores del órgano fiscalizador concluyeron que la aprobación de la licencia de uso de suelo contravenía las medidas que marca la ley.

El establecimiento, según el organismo, violó la condición de 100 metros de resguardo mínimo que marca el artículo 151 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado.

“Se detectaron longitudes de 41.57, 49.95 y 63.55 metros lineales, medidas desde la tangente del tanque de almacenamiento hasta el límite de las tres viviendas unifamiliares más próximas a la estación”, se lee en el informe.

En su contestación a esta observación, tanto Elizondo como el actual secretario del Ayuntamiento, Gilberto Ramos, contestaron que la autorización se había hecho con base en otras normativas.

Justificaron que se habían basado en el Reglamento del Gas Licuado del Petróleo de la Secretaría de Energía Federal, la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEDG-2004 y la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional.

Pero en ningún momento dijeron cumplir con la ley estatal.

“La licencia autorizada fue concedida sin dolo alguno, siempre basados en la legalidad”, respondieron.

El ente fiscalizador consideró que estos argumentos no solventaban la anomalía, porque las normativas con las que justificaron la aprobación del permiso sólo aplican cuando se solicita una concesión al Gobierno Federal.

Por estas inconsistencias, la ASE concluyó que la autoridad municipal cometió el delito de ejercicio indebido de funciones.

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