En una reunión convocada de última hora y con carácter de urgente, la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados, aprobó una reforma a la Ley de Hidrocarburos para derogar la regulación asimétrica a las ventas de primera mano de Pemex y que sea dominante, nuevamente, en la comercialización de hidrocarburos.
La reforma, que fue avalada con 25 votos a favor de la mayoría morenista y los partidos aliados en dicha comisión, y ocho votos en contra de la oposición, se prevé que sea aprobada en la sesión de hoy en el Pleno.
Como respuesta, la oposición criticó las prisas de los morenistas de aprobar en fast track y, prácticamente en “lo oscurito”, esta “mala modificación que va a costarle mucho a los mexicanos”. Se trató de un albazo, dijeron.
“Esta minuta se debió de haber discutido en sus términos al seno de la Comisión de Energía, donde hay múltiples propuestas de reforma que son más profundas que la que hoy se discute, y que hasta la fecha no han encontrado tiempo para dictaminarse en un sentido o en otro, pero aquí estamos de nueva cuenta legislando sin el menor sentido de pudor y de responsabilidad. Es un error para la República.
“La Comisión Federal de Competencia Económica señala que en 2020, Pemex tenía el 86 por ciento del mercado de gasolina y el 72 por ciento del mercado de diésel. Luego entonces, esta reforma nos va a acabar costando mucho a todas las y los mexicanos en el bolsillo de la economía familiar”, señaló el diputado del PRI, Enrique Ochoa Reza.
Características de la reforma a Ley de Hidrocarburos
La reforma elimina la facultad otorgada a la Comisión Reguladora de Energía para sujetar a principios de regulación asimétrica las ventas de primera mano de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, así como la comercialización que realicen personas controladas por Pemex o sus organismos subsidiarios.
Señala que la enajenación que realicen Pemex, sus empresas productivas subsidiarias, o una ersona moral, por cuenta y orden del Estado, será considerada como comercialización por lo que se deberán observar los principios de generalidad y no indebida discriminación.
Establece un plazo de 30 días naturales a partir de su entrada en vigor para que la CRE deje sin efectos todo lo relacionado con la imposición de principios de regulación asimétrica a Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios.