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Documentan tortura en Unidad Antisecuestro

En su último informe de actividades, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) evidenció que la tortura no solo persiste como una “técnica” para la persecución de los delitos en el Estado, también que ésta no se sanciona y que a ella recurren, inclusive áreas como la Unidad Especializada de Combate al Secuestro (UECS) de la Fiscalía General del Estado (FGE).

Se supone que es el cuerpo especializado de la Fiscalía para la investigación de este delito; la CEDHJ constató sus ‘métodos’ reales
Son cuatro recomendaciones de la CEDHJ de 2013 que proponen sanciones a elementos de la Fiscalía General del Estado, y que esta ha omitido en su imposición, según el ombudsman
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En su último informe de actividades, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) evidenció que la tortura no solo persiste como una “técnica” para la persecución de los delitos en el Estado, también que ésta no se sanciona y que a ella recurren, inclusive áreas como la Unidad Especializada de Combate al Secuestro (UECS) de la Fiscalía General del Estado (FGE).

La UECS, al igual que el resto de la estructura ministerial y policial de la Fiscalía General, está inmersa en el proceso nacional de depuración con las pruebas de control de confianza. El corte más actualizado del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), al 28 de febrero de 2014, coloca a Jalisco entre las entidades con un avance del 81 al 90 por ciento sobre su universo total de agentes a examinar. 

Existe un informe específico del SESNSP sobre las evaluaciones aplicadas a los elementos de la UECS de Jalisco, pero data de octubre del 2011, en éste se indica que de una composición total de 64 miembros, 43 de ellos obtuvieron resultados aprobatorios (67 por ciento), 15 reprobatorios (23 por ciento), mientras que seis continuaban en proceso de evaluación. 

A la fecha no existe información precisa sobre la depuración en la FGE y área especializadas con estos antecedentes, como la Unidad Antisecuestro.  

La UECS se creó al seno de la extinta Procuraduría de Justicia durante el sexenio anterior, porque así lo ordena la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro. 

La ley dice que las UECS “contarán con Ministerios Públicos (MP) y policías especializados, recursos humanos, financieros y materiales que requieran para su efectiva operación. Estas unidades se integrarán con servicios periciales y técnicos especializados para el ejercicio de su función”. 

En realidad, los métodos de investigación que documentó la CEDHJ de la UECS de Jalisco, con la detención de un individuo que serviría sólo como testigo en un presunto caso de secuestro, se parecen más a esto:

“Me subieron a una camioneta, me pusieron una bolsa en la cabeza y me llevaron de allí a un lugar desconocido, me iban golpeando en el camino, me apretaban los testículos cuando no les gustaba alguna de mis respuestas, me patearon los costados y en las piernas; me patearon con fuerza por la espalda y como estaba esposado con las manos hacia atrás, caí de cabeza al suelo, raspándome y golpeándome la cara de tal forma que se me desplazó una placa que tengo en la mandíbula, la tengo por una lesión antigua para corregir una fractura, tuve que sacarme unas radiografías y me dicen que deben operar otra vez, pues se movieron las placas. 

“En el suelo me patearon muchas veces, me subieron al piso de una pick up y me daban puñetazos en los costados y con la mano abierta en los oídos, todo esto acompañado de amenazas y ofensas; me amenazaron con mutilarme, me decían ‘te vamos a mochar las manos, ya tenemos a toda tu familia, ahorita están violando a tu sobrino, ya van dos veces que lo violan, a tu mamá le vamos a cortar la otra pierna y ahorita están violando a tu cuñada, queremos diez millones de pesos por ti, vele pensando de dónde los vas a sacar, cuál dedo quiere primero que le moche, primero le vamos a mandar una oreja a tu familia para que vean que es en serio, pinche viejilla no nos va a aguantar’, y muchas otras cosas más, me hicieron creer que habían detenido a mis padres…”. 

Ya en las instalaciones de la Calle 14 “me quitaron las vendas de la cabeza, hicieron algo de papeleo, me dieron a firmar unas hojas que no me permitieron leer. Se cooperaron para darme dinero para el taxi y me dejaron libre, yo estaba muy desesperado, pues pensé que de verdad le habían hecho daño a mi familia”. 

Es la recomendación 10/2013, dirigida a la Fiscalía General. En ese mismo caso hubo otro detenido, este sí acusado de haber cometido el secuestro. Él narra: “Me vendaron de los ojos, me esposaron y me llevaron a una casa clandestina, donde me desnudaron y en forma sobrehumana, fui no solamente incomunicado e intimidado sino también fui sometido por mis captores a tormento de toques eléctricos en todo mi cuerpo y por ende en los testículos, así como golpes y asfixia, con una bolsa que me ponían en la cabeza y cara, donde me desmayaron en varias ocasiones, y con un temor fundado de perder la vida bajo asfixia, hicieron firmarles confesiones imposibles”. 

Cuando fue consignado, en el juzgado penal se levantó la siguiente fe judicial: “se le aprecian huellas de violencia física recientes, aproximadamente 14 heridas en forma circular en coloración oscura en diversas partes del abdomen, de aproximadamente un centímetro de diámetro refiriendo el indiciado que las mismas son consecuencia de la chicharra con la cual le daban toques, así mismo, se le aprecia otra herida de la misma naturaleza en la mano derecha, igualmente en la mano izquierda se le aprecian dos heridas de la misma similitud, de la misma forma, se le aprecian 16 heridas de la misma naturaleza en la pierna derecha, igualmente se le aprecian dos heridas de la misma similitud en la espalda superior del lado derecho…”. 

El 15 de agosto del 2013 la Fiscalía publicó el acuerdo FGEJ 04/2013, que instruye la permanencia por un periodo mínimo –y prorrogable- de cinco años de los elementos de la UECS, para que no sean rotados a otras áreas, precisamente porque se da por supuesto que tienen una formación por encima del resto.

En dicha recomendación expedida el 27 de marzo de 2013, y originada de una queja en 2012,  la Comisión señala a seis elementos en concreto, y concluye sobre la Policía Investigadora del Estado: “en otras quejas y en especial en las recomendaciones que esta CEDHJ ha emitido por actos abusivos como el presente, se ha documentado que se carece de toda pericia técnica y profesional en la investigación de hechos delictuosos, y que a pesar de que dicha institución conoce esta falla tan importante, no ha mostrado una mayor determinación para erradicarla”. 

Impunidad

Esta es una de las cuatro recomendaciones (junto a la 13, 15 y 16 de 2013) sobre las que el presidente de la CEDHJ, Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, advirtió el 20 de febrero que la Fiscalía no había sancionado a los elementos que violaron los derechos humanos. 

“En la mayoría de las recomendaciones emitidas en 2013 a la Fiscalía Central, a la Fiscalía Regional y al comisionado de Seguridad Pública, el factor en común fue la ineficacia para integrar y resolver los procedimientos de responsabilidad administrativa que esta Comisión solicitó contra algunos de sus funcionarios públicos responsables de violaciones de derechos humanos, por ello se hace un llamado a estas dependencias para que den cumplimiento a los plazos y formalidades que prevé la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y resuelvan los procedimientos”, dijo aquella ocasión.  

Ese mismo día, el fiscal general declaró: “Como se vio, se hablará con los responsables de cada área, él fue claro en mencionarlo, se hablará con cada responsable y se buscará que se agilicen estos expedientes”.

El uso ilegal de la tortura utilizada por la UECS puede conllevar el riesgo de que el juez, al cerciorarse de ello, pueda determinar la libertad de los detenidos por haberse violado sus derechos, se agrega en la recomendación.  

“El actuar ilegal de los policías no solo propicia la inseguridad jurídica en agravio de los detenidos, sino que pueden provocar que el juez de lo Penal, al acreditar que hubo una confesión o declaración arrancadas mediante agresiones a la integridad personal, emita una resolución que mejore la situación jurídica los responsables de un delito. Luego, el otorgar la libertad por esta causa genera que el acto quede impune y no haya justicia para quienes han resultado víctimas del delito cometido ni certidumbre para la sociedad y, en cambio, genera desconfianza hacia las autoridades que procuran y administran justicia”, se lee en el documento. 

La lectura de la incidencia delictiva oficial del secuestro en Jalisco no debe pasar por alto el hecho de que en el 93.8 por ciento de todos los delitos ocurridos en la entidad no se inició una averiguación previa para perseguirlos, a esto se le llama la cifra negra. La tasa del estado es, por tanto, mayor a la nacional (92.1 por ciento), según la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2013.

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