La decisión de elevar los ingresos tributarios a costa de una mayor presión a los contribuyentes será la tónica del Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Cada 15 días, el SAT actualizará su lista de contribuyentes incumplidos.
Por lo pronto, un centenar de empresas en todo el país ya iniciaron los trámites para interponer amparos masivos en contra de la reforma fiscal y el acoso del que son objeto por parte del SAT, en franca violación a lo que marca la Constitución.
Aunque todavía no revelan sus nombres, las empresas que se han afiliado para ejercer su recurso que la Carta Magna del confiere, denunciaron que sus representantes legales han sido objeto de amenazas por parte de las autoridades tributarias si continúan con el amparo.
En la primera lista que el 10 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación aparece un párrafo donde se establece que, con base al artículo 23 de la Ley Federal de Derechos del Contribuyente, el señalado en la lista contará con 30 días para interponer el recurso de revocación y 45 días para interponer un juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Fiscal de la Federación.
Sin embargo, ese párrafo desaparece por completo en el nuevo listado -que anuló el anterior- y que el SAT dio a conocer el pasado 23 de enero.
Por lo pronto, apenas iniciando febrero, el SAT publicó en su página de Internet una lista actualizada de contribuyentes incumplidos y se incluyó información de contribuyentes con créditos cancelados.
El órgano de la Secretaría de Hacienda precisó que en esta ocasión se incluyeron los datos (nombre, razón social y RFC) de 4 mil 986 contribuyentes adicionales.
De esa cifra, 749 corresponden a créditos firmes, 46 a créditos exigibles, mil 214 a créditos cancelados.
En el listado hay cinco contribuyentes con sentencia condenatoria ejecutoria y 2 mil 972 no localizados, los cuales tienen incumplimiento sistemático en sus obligaciones fiscales.
En la lista que ventiló públicamente el SAT, no aparece el monto de los adeudos y tampoco especifica si las personas que menciona son de antes o después de que entrara en vigor la reforma fiscal.