El desacierto jurídico del IFE
Si el Instituto Federal Electoral (IFE) realizara el recuento total de los votos de la elección presidencial daría plena certeza al proceso electoral del pasado 1 de julio. Abonaría, además, a la transparencia y al derecho a la información.
Así opina Jaime Cárdenas Gracia, diputado del Partido del Trabajo (PT).
Y es que el IFE se está conformando con hacer una interpretación literal de las causales para abrir paquetes previstas por el artículo 295 del Código de Procedimientos Electorales (Cofipe).
Predeterminado del sitioSi el Instituto Federal Electoral (IFE) realizara el recuento total de los votos de la elección presidencial daría plena certeza al proceso electoral del pasado 1 de julio. Abonaría, además, a la transparencia y al derecho a la información.
Así opina Jaime Cárdenas Gracia, diputado del Partido del Trabajo (PT).
Y es que el IFE se está conformando con hacer una interpretación literal de las causales para abrir paquetes previstas por el artículo 295 del Código de Procedimientos Electorales (Cofipe).
Es decir, “hace una interpretación letrista de la ley sin tomar en cuenta la Constitución”. De acuerdo con el ex consejero electoral esta es una práctica recurrente del IFE.
Prefiere optar por la ley que por la Constitución y con ello impide que se maximizen los derechos ciudadanos como son: el derecho a la información, el principio de máxima publicidad y el principio de certeza –establecidos, respectivamente–, en los artículos sexto y 41 de la Constitución.
“Yo no quiero leer políticamente lo que hace el IFE, yo lo veo desde un punto de vista jurídico. El IFE prefiere interpretaciones letristas del Cofipe, y no interpreta desde la Constitución”.
El doctor en derecho por la UNAM y la Universidad Complutense de Madrid recuerda que el año pasado se reformó el artículo primero constitucional y que, a partir de la nueva reforma en materia de derechos humanos, párrafos segundo y tercero, se establece que todas las autoridades deben interpretar las leyes, las normas reglamentarias, desde la Constitución.
“Deben hacer la interpretación que se llama conforme y deben interpretar la ley siempre para promover la libertad y los derechos de las personas, lo que se llama interpretación pro homine”, dice Cárdenas.
Y explica que esa obligación de interpretar pro homine y conforme no es exclusiva de los jueces, sino que deben realizarla todas las autoridades, según el párrafo tercero de la Constitución.
Al negarse el IFE a abrir todos los paquetes electorales, argumentando se ajusta a las causales del 295 –considera el abogado, quien en 1994 fue galardonado con el Premio Anual Ignacio Manuel Altamirano– deja al margen principios constitucionales.
Esto el experto lo considera “desacertado jurídicamente”.
La ‘tradicional’ cultura jurídica
Se anticipa que los partidos políticos que conforman la coalición PRD-PT-MC podrían acudir al Tribunal Electoral. Esta autoridad es la que puede obligar al IFE a hacer una lectura que maximize los derechos humanos. Pero el mismo tribunal es el que en otros momentos se ha negado a respaldar tal propuesta.
Jaime Cárdenas da un ejemplo reciente. Cuando solicitaron una interpretación conforme en el tema de los debates. Pidieron 12 debates entre los candidatos apelando a una interpretación de derechos humanos y pro homine. El tribunal no quiso aceptarla.
Dice que países de Europa y América Latina “se ríen de los abogados mexicanos porque para interpreter alguna norma lo hacen a partir del propio artículo sin tomar en cuenta la Constitución. Se ríen de nosotros por la manera tan reducida, tan restrictiva como interpretamos la ley”.
Afirma que dicha postura para una autoridad siempre es la más fácil: “solo hacen lo que les dice la ley”. Pero ello es a costa de dejar de lado principios fundamentales de la Constitución.
El que ahora las autoridades electorales argumenten que sólo abren determinado número de paquetes, porque así lo dice la ley, refiere algo: la particular cultura de los juristas en nuestro país.
“Es una forma de pensar el derecho, es muy común entre los abogados mexicanos. Y la autoridad sigue esta cultura porque es muy cómodo, es más cómodo no arriesgarse e ir por una lectura más amplia del sistema jurídico, tomando en cuenta la Constitución o los tratados”.
Esta forma de pensar el derecho es una cultura jurídica “de los abogados viejos que hay en el IFE y en el Tribunal, que no tienen una formación en derechos humanos, que no tienen una formación adecuada en derecho constitucional: ven así la ley”, sostiene el legislador petista.
Su crítica va más lejos: “esto además tiene un apoyo en el sistema político al que le conviene que las autoridades de este país lean así la ley y no de otra forma”.
El artículo 3 del Cofipe, expone Cárdenas, se refiere a la interpretación de la ley electoral, en su párrafo dos dice: “la interpretación se hará conforme al criterio gramatical, sistemático y funcional, atendiendo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 14 de la Constitución.”
En su opinión esta redacción en este momento es inatendible pues no toma en cuenta la reforma en materia de derechos humanos de 2011.
La última reforma al Cofipe fue en 2008. Y tres años después se dio la reforma a la Constitución en materia de interpretación pro homine y en materia de intepretación conforme. “Habría que agregar que la interpretación se hará conforme a estos criterios que señala la ley actualmente”, apunta.
Para modificar esto, se requiere hacer reformas, dice el representante legal de Andrés Manuel López Obrador ante el IFE. Pero sobre todo es indispensable algo: la autoridad debe “ponerse las pilas”.
Tiene tres posibilidades por los cuales optar: 1) hacer una interpretación de la ley de manera proactiva, para promover la democracia, los derechos humanos; 2) hacer una interpretación de término medio y 3) hacer una interpretación pasiva de la ley.
La autoridad electoral puede leer de manera amplia para promover democracia y derechos humanos. Sin embargo, parece que el IFE que preside Leonardo Valdés Zurita está optando por la lectura corta del sistema jurídico, que deja de lado la promoción de los derechos humanos y los principios constitucionales.