El juez ‘enemigo de AMLO’ da otro golpe: rechaza suspender precios establecidos al gas LP

De acuerdo con el juez, el gobierno de AMLO no siguió los lineamientos para establecer la regulación de precios máximos al gas LP
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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Después que el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) lo acusó de estar al servicio de minorías, el juez Juan Pablo Gómez Fierro volvió a dar otro golpe al mandatario al rechazar suspender los precios establecidos al gas LP en México.

De acuerdo con el juez, el gobierno de AMLO no siguió los lineamientos para establecer la regulación de precios máximos al gas LP en diversas partes del país por lo que rechazó paralizar esta política que se aplica desde julio pasado.

De este modo, el juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, negó las suspensiones provisionales solicitadas por ocho empresas gaseras.

Y es que previamente las empresas promovieron amparos al solicitar suspender de manera temporal la Directriz de Emergencia para el Bienestar del Consumidor de Petróleo, publicada el 28 de julio de este año por la Secretaría de Energía (Sener), en el Diario Oficial de la Federación.

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Con esto, las compañías buscaban que el juez frenara el Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) que establece la regulación de precios máximos de gas licuado de petróleo, el cual fue emitido a partir de la citada directriz.

“…este juzgador advierte que, en el caso, se actualiza la hipótesis prevista en el artículo 129, fracción IV, de la Ley de Amparo, porque al concederse la suspensión provisional solicitada se seguiría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, debido a que se permitiría el alza de precios en relación con un artículo de primera necesidad o de consumo necesario, como lo es el gas licuado de petróleo”, expresó el juez.

Gómez Fierro puntualizó que “existe la presunción de que la autoridad responsable no observó” la metodología que establece la Ley de Hidrocarburos para establecer la regulación de precios máximos de gas LP.

Sin embargo, “lo cierto es que, por el momento, debe considerarse que el beneficio que la sociedad puede recibir de la ejecución de los actos reclamados es mayor que el perjuicio que se provoca por la falta de cumplimiento a dicha formalidad”, apuntó.

El próximo miércoles se llevará a cabo la audiencia incidental, donde determinará si otorga la suspensión definitiva solicitada por las empresas, entre ellas, Gas del Atlántico y Súper Gas de Los Altos, y seis más cuyos amparos fueron acumulados.

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