Encarceladas sin perspectiva de género

Nueve mujeres que estaban encarceladas injustamente en Jalisco han salido de prisión mediante liberaciones anticipadas. La revaloración de sus casos con perspectiva de género ha puesto al descubierto condiciones de violencia estructural en sus vidas
Luis Herrera Luis Herrera Publicado el
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La agenda de trabajo de “Justicia y Género” que implementa el Poder Judicial de Jalisco logró la liberación de una mujer más que estaba encarcelada injustamente, por lo que ya son nueve las beneficiarias que han podido salir de prisión con este tratamiento especial. La revaloración de su caso con perspectiva de género ha puesto al descubierto condiciones de violencia estructural en sus vidas

La mancuerna que han formado las instancias judiciales de Jalisco con las del Poder Ejecutivo para la revisión de los expedientes de mujeres encarceladas que no fueron atendidas con perspectiva de género concretó en estos días la liberación anticipada de Neri, a quien originalmente se le había impuesto una condena de más de ocho años de cárcel por un robo.

Según la exposición del caso que dio el Poder Judicial, a Neri se le había condenado en el 2015 a purgar una pena de ocho años y ocho meses de prisión por el delito de robo calificado, de acuerdo con la sentencia que emitió entonces el juez primero de lo penal del Primer Partido Judicial.

Posteriormente, Neri consiguió que su condena disminuyera un poco tras apelar la sentencia definitiva que había recibido ante la Primera Sala del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco, cuyos magistrados terminarían modificando aquella resolución “ajustando la pena a 8 años de cárcel”.

Este 10 de marzo, sin embargo, el Poder Judicial local determinó otorgarle el beneficio de libertad anticipada a Neri, en la modalidad de libertad condicional, luego de que así lo resolviera el juez primero de ejecución de penas del primer partido judicial, Bernardo Salazar Rodríguez, quien revaloró su caso aplicando ya una perspectiva de género.

El juez Salazar Rodríguez encontró condiciones de violencia estructural en la vida de Neri, que no habían sido consideradas ni valoradas con anterioridad por los juzgadores que habían tratado su caso, al haber omitido un abordaje con perspectiva de género.

Para impartir justicia con perspectiva de género se identificaron casos concretos de vulnerabilidad y violencia por cuestiones de género, presentes de manera constante, a lo largo de la vida de Neri, desde su niñez hasta su vida adulta
Bernardo Salazar RodríguezJuez primero de ejecución de penas del Primer Partido Judicial

La revaloración de los casos de mujeres encarceladas desde una perspectiva de género demanda un estudio multidisciplinario de los mismos, que incluye desde una arista médica y social hasta una criminológica.

“Este beneficio fue otorgado luego de un exhaustivo análisis del caso en el que se realizaron diversos estudios médicos, psicológicos, de trabajo social, de valoración educacional y cultural, laboral y de capacitación para el trabajo.

Conducta y disciplina, así como un estudio criminológico, en los que se concluyó que la hoy liberada cumple con cada uno de los requisitos necesarios para obtener el beneficio, estipulados en la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado de Jalisco”, indicó la autoridad.

Prisión y perspectiva de género

Aunque la gestión del magistrado Ricardo Suro Esteves al frente del Poder Judicial de Jalisco no ha estado exenta de críticas, su agenda de trabajo denominada “Justicia y Género” ha concretado ya la liberación de nueve mujeres tratadas con perspectiva de género en dos años: 2019 y 2020.

El 2 de agosto de 2019, por ejemplo, se informó de la liberación de una mujer indígena, María Petra Margarita Ortega de la Cruz, quien llevaba ocho meses en prisión preventiva, y a quien se le había hecho firmar sus declaraciones en el proceso judicial pese a que no sabe leer ni escribir.

La agenda “Justicia y Género” del magistrado Ricardo Suro Esteves ha concretado la liberación de 9 mujeres tratadas con perspectiva de género en el 2019 y el 2020

En el tratamiento del caso de María Petra intervinieron además del Poder judicial, la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres y la Dirección General de Reinserción Social.

“Las gestiones de ambas instituciones ante el primer juzgado de lo criminal del Primer Partido Judicial permitieron que el titular de dicho juzgado modificara la sentencia y María Petra fuera puesta en libertad, pues no se había considerado la situación de violencia con la que fue deliberado su caso”, señaló la Secretaría.

A María Petra la habían despojado de su libertad por una riña que se dio en 2016, cuando se le intentó quitar su espacio en un tianguis de Tonalá. Se le acusó entonces de golpear y robarle algunas pertenencias a la hija de su agresor, lo cual nunca sucedió, según María Petra.

Para lograr su liberación, las autoridades acudieron con la víctima del caso quien accedió a otorgar el perdón en un acuerdo avalado por el Instituto de Justicia Alternativa, en el que se fijó una reparación del daño por 5 mil pesos.

En aquel momento la titular de la Secretaría de Igualdad, Fela Patricia Pelayo López, declaró que “tenemos 10 casos más de mujeres donde se buscará juzgar con perspectiva de género”.

La amnistía

Con este mismo objetivo de excarcelar a mujeres que no fueron juzgadas con perspectiva de género, el 20 de noviembre de 2019 el Congreso local aprobó la Ley de Amnistía para las Mujeres Víctimas de Violencia de Género.

Esta Ley señala en su artículo 1 que “se decreta la extinción de la acción penal y en su caso, la responsabilidad penal de aquellas mujeres sentenciadas por el delito de lesiones, homicidio o parricidio, que no hayan alcanzado alguna de las excluyentes previstas en la legislación estatal”, reuniendo cinco requisitos.

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