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El ciudadano que fue condenado en el primer juicio de acción privada en México asegura que el proceso en su contra nunca debió iniciarse, porque estuvo viciado de origen y presentó irregularidades.
Julio Luis Santos Barrera fue acusado de difamar a Juan Pablo Hinojosa Canales, quien fue coordinador de asesores del exalcalde Adalberto Madero y también secretario del Ayuntamiento regio durante el trienio de Felipe de Jesús Cantú.
Por hacer uso de su libertad de expresión y denunciar públicamente al exadherente panista, el sampetrino podría pisar la cárcel y pagar 5 millones de pesos como condena.
Esto, según él, basado en un cuestionado examen psiquiátrico que fue practicado al exfuncionario, el cual determinó un daño mental que no le permite continuar con sus actividades.
Hinojosa Canales fue expulsado del PAN hace seis años por traficar con plazas municipales y denunciado penalmente por un particular, porque presuntamente participó en el despojo de un terreno en la Loma Larga.
Santos Barrera estrenó el juicio de acción privada el pasado 15 de abril, cuando se le dictó una sentencia de seis meses y tres días de prisión, por haber pagado un desplegado en un periódico local, donde denunciaba la actuación del exasesor.
En esta nueva modalidad, dentro del nuevo sistema de justicia oral, no interviene el Ministerio Público, pero un juez de control califica e inicia un procedimiento que turna a un Juzgado Colegiado.
En la inserción pagada, se destacaban notas periodísticas que ventilaban el pasado político del polémico personaje e invitaba a la ciudadanía a razonar su voto en las elecciones de 2012.
Por esta razón, el exalbiazul denunció de difamación al ciudadano y el juez segundo de control en el Estado, José Luis Pecina Alcalá, inició la carpeta judicial 156/2012 en contra del sampetrino.
El caso fue turnado al Juzgado de Juicio Oral Penal Colegiado, integrado por María del Rosario Garza Alejandra, Herlindo Mendoza Díaz de León y Francisco Manuel Sáenz Moreno, quienes dictaron la primera sentencia del juicio número 1/2013.
Aunque el proceso ya concluyó, Santos Barrera considera que el juez de control, Pecina Alcalá, uno de los principales promotores de la reforma al sistema de justicia penal, no debía vincular a proceso la denuncia.
Aunque el particular reconoce que los juicios orales son necesarios en la impartición de justicia, advierte que el nuevo sistema puede ser “saboteado” por los operadores.
“La denuncia por difamación no procede cuando estás hablando de un funcionario y sus funciones”, dice.
“Esto no se debió haber vinculado a proceso, porque nada más de ver el anuncio no hay ningún delito que perseguir, al estar bastante claro que no se está hablando ni de su vida privada ni de su persona”.
El imputado recuerda que en dos ocasiones presentó por escrito la solicitud de remover a la defensora pública que lo representaba, Perla Lizeth García Castillo, pero el juez de control se lo negó, a pesar de que antes se lo había sugerido.
“El juez me pide que analice la remoción de mi abogada, porque no considera su actuación aceptable, a pesar de que yo estaba muy conforme con la actuación de ella”.
Al ser turnado el caso al Juzgado Colegiado, el exasesor panista exigió 5 millones 141 mil 600 pesos por concepto de reparación de daño.
Hinojosa Canales alegó que debido a la expresión divulgadas en el desplegado, sufrió un trastorno psicológico que no le permitió seguir como asesor.
Los jueces, sin embargo, determinaron que Hinojosa Canales no había comprobado sufrir un daño económico y mental, pero condenaron al particular Santos Barrera a pagar como multa 590 pesos y a purgar una condena en prisión.
Inconforme con la sentencia, el exfuncionario interpuso el amparo 371/2013, en el que exige el pago por las supuestas asesorías caídas, basado en el dictamen psiquiátrico.
El responsable de evaluar al expanista fue un perito de la Procuraduría del Estado, el psiquiatra Jorge Luis Mancera Maldonado, quien diagnosticó que padecía de una depresión.
“Presenta un trastorno mental de tipo depresivo-ansioso que se caracteriza por alteraciones en su estado emocional y físico, que afecta su funcionalidad y que es secundario a la publicación en el periódico”, se lee en las conclusiones de ese reporte, fechado el 30 de julio de 2012.
“Este trastorno ha influido en su capacidad y productividad laboral y sus relaciones familiares, produciendo síntomas y malestares que requieren tratamiento especializado de psicoterapia y farmacoterapia”.
El particular condenado cuestiona ese diagnóstico psiquiátrico que realizó el perito en tan sólo dos sesiones, pero además está convencido de que su caso puede ser un antecedente importante para evaluar el nuevo sistema de justicia en México.
“La persona que se atreva a señalar, a levantar la mano, a querer participar, a opinar de los oficios de los políticos, va a terminar con antecedentes penales.
“Yo soy inocente, yo no debería estar perdiendo mi tiempo ni recursos en defenderme”.
Para nuluficar la sentencia en su contra, Santos Barrera presentó el amparo número 365/2013, con el que busca demostrar que no cometió el delito de difamación.
Los recursos que ambas partes interpusieron se analizan en el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal en Nuevo León, donde ya se desahogaron pruebas y se está a la espera de una resolución.
Los magistrados de esa instancia confirmarán si un ciudadano puede alzar la voz contra los abusos de los potentados con completa libertad, o ser condenado por ejercer su derecho a expresarse.
Exfuncionario acusado de ‘vendeplazas’
Juan Pablo Hinojosa Canales fue expulsado por el Comité Directivo Estatal del PAN como miembro adherente, en febrero de 2007, cuando era coordinador de asesores del exalcalde albiazul Adalberto Madero.
El organismo lo dio de baja luego de darse a conocer grabaciones de una conversación, en la que el exfuncionario ofrecía a un simpatizante panista puestos en los municipios de Santa Catarina y Monterrey.
Las recompensas las daría a cambio de afiliar a ciudadanos al PAN, para que votaran a favor del candidato que les indicara en las elecciones internas de ese partido, con miras a los comicios de 2009.
Hinojosa Canales también fue denunciado por el despojo de un terreno en la Loma Larga, cuando era secretario del Ayuntamiento regio.
El predio fue arrebatado en 2003 por el Municipio de Monterrey, entonces encabezado por el exalcalde panista Felipe de Jesús Cantú.
El exadherente fue denunciando penalmente en 2011 por el particular Carlos Martín Montemayor Dimbauer, el propietario legítimo.
También señaló al exsíndico segundo, Luis Ignacio Pozo Rocha, y al extesorero, Encarnación Ramones Saldaña.
Tras haber obtenido la posesión del terreno en abril pasado, por orden del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, el propietario recurrió a la vía penal contra el exmunícipe y sus excolaboradores.