Durante la presentación del Informe de fiscalización de junio, la consejera Adriana Favela recordó que la Unidad Técnica de Fiscalización del INE tiene 879 procedimientos abiertos, de los cuales el 77.93 por ciento (685) deberían de quedar resueltos a más tardar el próximo 22 de julio, pero por la falta de cooperación de otras autoridades podrían quedar congelados.
Debido a esto, la consejera Carla Humphrey, se sumó a la petición de su compañera Favela y solicitó al Secretario Ejecutivo del INE, que funge como representante legal, Jacobo Bonilla, analizar las acciones jurídicas que debería de realizar el órgano electoral para conseguir la información.
Debido a que la autoridad electoral no forma parte del proceso penal, no tiene acceso a varios documentos que se encuentran en las carpetas de investigación abiertas, estén judicializadas o no.
Esta situación crea un vacío legal ya que es la única vía para que el INE pueda fiscalizar los ingresos y gastos de los partidos políticos, y aunque las autoridades de justicia señalan que entregar dicha documentación violaría el secreto ministerial y el código de procedimientos penales, el órgano autónomo argumenta que su petición “no es oponible al secreto ministerial” por lo que sí deberían de poder tener acceso.
Al respecto, el especialista en derecho electoral y profesor de la FES Acatlán, Christian Salazar, opina que todas las instituciones involucradas en un proceso electoral están obligadas a cooperar con el INE en una fiscalización siempre y cuando su marco jurídico lo permita, pero hay veces, como en el caso de investigaciones judiciales, que la información no se debería de compartir.
“Si es información que está dentro de carpetas de investigación me parece que tendríamos que revisar qué se está solicitando para no incurrir en un acto ilícito.
La justicia electoral es lenta y poco efectiva, ya que además del “congelamiento” por la falta de entrega de documentos necesarios para las investigaciones por parte de instituciones ajenas al INE, es complicado que los procedimientos avancen, ya que al igual que en cualquier proceso judicial, se deben de presentar las pruebas que acrediten los hechos denunciados.
Debido a esto, de los 60 procedimientos en materia de fiscalización en contra de partidos políticos nacionales y locales analizados el pasado 30 de junio, el Consejo General del INE desecho 56, declaró una queja y un procedimiento infundados y sólo emitió sanciones para dos.
La primera sanción por 5 millones 492 mil 840.68 pesos fue en contra del Partido Verde Ecologista de México por omitir reportar con la verdad el total de operaciones que realizó con un proveedor. La segunda sanción fue en contra del Partido Libre de Aguascalientes, al cual lo multó con 5 mil 914.30 pesos por no reportar siete cuentas bancarias.
Otro de los obstáculos para la justicia electoral es que los partidos políticos no interponen las denuncias en el órgano electoral correcto. Varios de los procedimientos declarados como infundados denunciaron actos anticipados de precampaña y campaña que corresponde analizar a los Organismos Públicos Locales Electorales y no a la Unidad Técnica de Fiscalización del INE.