Habrá ‘zar’ para desaparecidos
Después del debate por la Ley de Transparencia y la creación del Sistema Nacional Anticorrupción, el Congreso de la Unión entrará a la discusión de una Ley General de Desapariciones Forzadas, que buscará homologar las definiciones y castigos de este delito en todo el país.
En el nuevo borrador para esta legislación, México accederá a las demandas de la ONU a casi seis meses de la desaparición de los normalistas de Ayotzinapa y tras ser blanco de fuertes críticas en el Comité de Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas.
Imelda García
Después del debate por la Ley de Transparencia y la creación del Sistema Nacional Anticorrupción, el Congreso de la Unión entrará a la discusión de una Ley General de Desapariciones Forzadas, que buscará homologar las definiciones y castigos de este delito en todo el país.
En el nuevo borrador para esta legislación, México accederá a las demandas de la ONU a casi seis meses de la desaparición de los normalistas de Ayotzinapa y tras ser blanco de fuertes críticas en el Comité de Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas.
El Gobierno Federal responderá con la creación de un zar con amplios poderes para la búsqueda de miles de desaparecidos a escala nacional y una nueva ley de mano dura, con penas de casi 50 años de prisión a quien cometa este delito.
Actualmente, el Código Penal Federal contempla una pena de entre cinco y 40 años de cárcel.
A diferencia de la desaparición “simple” de personas, en el delito de desaparición forzada están involucradas autoridades o servidores públicos de cualquier nivel de gobierno.
De acuerdo con datos del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, en México hay un total de 25 mil 736 personas en esa condición desde que se comenzaron a documentar, en 2014, hasta febrero de este año. De ellas, 18 mil 467 son hombres y 7 mil 269 son mujeres.
La mayoría de los casos fueron denunciados en el fuero común. Ahí se encuentran radicadas 25 mil 293 denuncias por la desaparición de personas. En el fuero federal son apenas 443 denuncias.
En México, sin embargo, no existe una estadística diferenciada sobre las personas que han sido víctimas de una desaparición forzada y quienes han desaparecido por alguna otra razón.
Un estudio del Instituto Belisario Domínguez (IBD), del Senado de la República, revela que existen 32 iniciativas de ley sobre el tema que han sido presentadas en ambas Cámaras del Congreso de la Unión y no han sido tratadas en comisiones.
En su estudio “La Desaparición Forzada de Personas”, el IBD señala que esto sucede a pesar de la preocupación que organismos internacionales han expresado sobre la situación de las desapariciones en México.
“La desaparición forzada es recurrente, la legislación ha sido insuficiente y existe impunidad en cuanto a la sanción a los responsables de la comisión de este delito”, expone el estudio.
“La característica más significativa de este delito es que el Estado, las personas o los grupos de personas que actúen con su autorización o su apoyo, no solo priva de la libertad e incluso con frecuencia de la vida a una persona, sino que lo hace de forma clandestina, sin dejar rastro alguno, ni de la persona ni de su suerte (…) sin que exista una posibilidad real de siquiera demostrar que la persona está efectivamente desaparecida”, cita el IBD a Juan José Gómez en un artículo sobre desaparición de personas publicado en la Revista Mexicana de Política Exterior.
Sin embargo, ante la presión de organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) o la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en días recientes afirmaron la urgencia de legislar sobre este delito en México, el Congreso de la Unión apresurará en este periodo el debate sobre las desapariciones forzadas.
El panorama de las desapariciones
La cuarta parte de las personas desaparecidas en el país son menores de edad.
Del total de desapariciones registradas en el país, 25 mil 736 de acuerdo con datos de la Secretaría de Gobernación, 6 mil 452 corresponden a menores de entre cero y 19 años; esto representa el 25 por ciento del total.
En general, el rango de edad con más prevalencia en las desapariciones es entre los 15 y los 19 años. Un total de 4 mil 149 jóvenes de esa edad han desaparecido en el país.
Entre los 20 y los 29 años hay 6 mil 121 personas desaparecidas; entre los 30 y los 39 años, la cifra alcanza los 4 mil 976 personas.
En el caso de las desapariciones denunciadas en el fuero común, en procuradurías o fiscalías estatales, la estadística recoge los datos del último lugar donde estas personas fueron vistas.
En los cinco primeros lugares de esta estadística se encuentran Tamaulipas, con 5 mil 392; le sigue Jalisco, con 2 mil 235 desaparecidos; el Estado de México, con 2 mil 055; Nuevo León, con 2 mil 009 personas desaparecidas; y Sinaloa, con mil 569.
Los estados con menos desaparecidos, de acuerdo a la estadística del fuero común, son Campeche, con 83; San Luis Potosí, con 53 casos; Baja California Sur, con 19; Tlaxcala, con 13; y Nayarit, con 12.
En el caso del fuero federal, denuncias hechas en la Procuraduría General de la República, los estados donde las personas desaparecidas fueron vistas por última vez están encabezados por Guerrero, con 116 casos; Tamaulipas, con 88; Veracruz, con 66; el Distrito Federal, con 38 casos; y Coahuila y el Estado de México, con 20 casos cada uno.
La urgencia de legislar
A raíz de la desaparición de los 43 estudiantes normalistas en Iguala y la presión de organismos internacionales para legislar sobre las desapariciones forzadas en México, tanto el Senado como la Cámara de Diputados se preparan para analizar las iniciativas que se han presentado en la materia y otras que podrían darse a conocer en los próximos días.
La nueva legislación buscará homologar las leyes que hay en el país respecto a la desaparición forzada de personas.
La primer reforma en el proceso es el cambio constitucional para otorgar al Congreso el poder de legislar en materia de desapariciones forzadas. Una vez que esto sea aprobado, el Congreso de la Unión podrá trabajar sobre una Ley General en la materia.
Actualmente, el Código Penal Federal establece que si la víctima se libera espontáneamente dentro de los tres días siguientes a su detención, la pena será de ocho meses a cuatro años de prisión.
Si se libera dentro de los 10 días siguientes a su detención, la pena será de dos a ocho años de prisión. Para modificar estas penas y buscar que haya una sola norma aplicable a los casos denunciados, son al menos 30 las iniciativas que se han presentado sobre este tema en el Congreso.
Una de las iniciativas que se encuentran aún en comisiones del Senado fue enviada por el Ejecutivo en octubre del 2013, y se establecían penas por hasta 50 años de prisión, además de la inhabilitación definitiva para los servidores públicos que participaran de estos delitos.
Iniciativas como la presentada por Silvano Aureoles, hoy candidato del PRD a la gubernatura de Michoacán, sugieren la necesidad de crear una Comisión de la Verdad en materia de Delitos de Desaparición Forzada y Ejecuciones Extrajudiciales, Arbitrarias o Sumarias.
Aún pendiente de presentación se encuentra una iniciativa que de Roberto Gil Zuarth, senador del PAN, quien propone que el delito sea también imputable a particulares y no solo a servidores públicos.
El senador panista propondrá que la pena mayor sea de hasta 70 años de prisión si se oculta o se comete cualquier acción sobre el cadáver de la víctima “que evite o intente evitar su identificación posterior”, señala la iniciativa.
La nueva legislación contempla:
> Colaboración de ciudadanos en las investigaciones
> Castigo a la obstrucción de pesquisas
> La creación de bancos de datos genéticos de cadáveres a nivel federal y estatal
> Reparación de daños a las familias de las víctimas
> Derecho a la verdad
> El destino de hijos menores de personas desaparecidas