Impugnan visibilidad de candidatos de diversidad sexual

Movimiento por la Igualdad presentó una inconformidad ante el Tribunal Estatal Electoral por la omisión de datos que los relacionan con la comunidad LGBTTTIQ
Jesús Padilla Jesús Padilla Publicado el
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Los acuerdos de la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León (CEENL), a cargo de Mario Alberto Garza Castillo, fueron impugnados por, presuntamente, invisibilizar la identidad de candidatos que representen a la diversidad sexual.

Así lo manifestó Jennifer Aguayo, quien está al frente de la organización Movimiento por la Igualdad, misma que presentó su inconformidad ante el Tribunal Estatal Electoral de Nuevo León (TEE) por los acuerdos: CEE/CG/059/2021 y CEE/ CG/060/2021 de la CEENL.

Mediante los cuales se imposibilitó dar visibilidad a los datos personales de los candidatos a diputaciones locales y a los integrantes de las planillas de ayuntamientos que pertenecen a la comunidad LGBTTTIQ.

El recurso de la organización señala una omisión de la CEENL reiterada, sistemática y constante de cumplir con la acción afirmativa, que incluye candidaturas que representen la diversidad sexual. A su vez, apuntaron que estos acuerdos abren la puerta a la discriminación.

Esta impugnación, presentada la noche del martes en la Oficialía de Partes de la CEENL, deberá ser turnada ante el Tribunal, que decidirá si inicia un Juicio de Protección de Derechos Político-Electorales del Ciudadano, y resolverá si puede proceder o no el reclamo.

Anteriormente, el 15 de febrero de este año, el TEE ordenó a la CEENL incluir una fórmula de candidatos a una diputación local, así como siete regidores y síndicos en ayuntamientos.

Pero el Partido Acción Nacional (PAN), el pasado 5 de marzo registró a sus candidaturas a los diferentes cargos de elección popular, incluida la postulación a la acción afirmativa LGBTTTIQ, y optó por ocultar la identidad de los representantes de la diversidad sexual a través de estos acuerdos, al considerar que es información sensible.

De este modo, se apegó a los artículos 3, fracción XVI y 141 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León que protege los datos personales.

Es por ello que la organización sostiene que este argumento motiva la falta de representación, al desconocer quién de esa lista de registros para candidaturas de diputaciones locales y ayuntamientos pertenece a la acción afirmativa.

“La vía de la acción afirmativa LGBTTIQ+ no cumple verdaderamente el requisito, pues uno de los objetivos de implementarlos es la VISIBILIZACIÓN de nuestro grupo en situación de vulnerabilidad, que actualmente se encuentra excluido y discriminado”, dice la impugnación.

“Nuestra comunidad no podrá tener conocimiento de quienes nos representan vía acción afirmativa LGBTTTIQ+ en el Partido Acción Nacional y por lo tanto carecen de efectividad real de representarnos”, reclama ante el Tribunal la organización.

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