Interrupción legal, a paso lento
A través de una circular, la Secretaría de Salud Jalisco se propone aclarar la información a sus funcionarios en el tema del aborto legal, en una dependencia que se ha resistido a implementar esta medida
Jonathan ÁvilaLa Interrupción Legal o Voluntaria del Embarazo (ILE o IVE) en Jalisco no ha recibido la suficiente atención por parte de las autoridades, aún cuando es uno de los pilares fundamentales en la estrategia que debe seguir la actual administración al declarar la Alerta de Violencia contra las Mujeres.
En el Programa Estatal para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del estado, publicado en enero de este año en el Diario Oficial del Estado y documento rector de la política pública en la materia, no menciona en sus más de 40 páginas el tema del ILE, o también conocido como aborto legal.
Uno de los pocos logros en la materia ha constituido la creación de una guía para llevar a cabo este proceso legal en casos de embarazo por violación o peligro en la salud de la mujer, como lo establece el artículo 229 del Código Penal del Estado de Jalisco. Aunque fue luego de varios meses de retraso y con una capacitación deficiente.
Tal ha sido la deficiencia en la capacitación de este tema en los funcionarios de Salud que el informe elaborado por el grupo de trabajo para la Solicitud de Alerta de Género en Jalisco, ante la Secretaría de Gobernación, a mediados de este año, da cuenta de las omisiones que actualmente invaden en el personal con respecto a la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046.SSA2-2005, que establece las directrices de este tema.
“De las entrevistas realizadas por el grupo de trabajo a personal que labora en el sector Salud, se identificó que varias de ellas no tenían conocimiento de la NOM-046, ni una metodología clara para la detección de violencia o un protocolo para la atención de los casos de mujeres violentadas”, se lee en el informe.
Violencia institucional
A decir de las autoridades, se han capacitado a mil 676 profesionales de Salud sobre temas correspondientes a la NOM 046, violencia familiar, sexual y contra las mujeres, sin mencionarse un corte de registro.
Empero, las organizaciones y víctimas siguen denunciando un trato poco digno en el cual se recae en negativas o revictimización a través de la violencia institucional que sufren quienes se acercan a que les proporcionen este servicio.
Uno de los obstáculos, incluso contemplado en el propio informe, corresponden, con el señalamiento directo de que la posición del titular de la Secretaría de Salud en Jalisco, Antonio Cruces Mada, ha permeado el ambiente de las dependencias a su cargo con su noción de ignorar el tema del ILE.
El Informe de avances del cumplimiento de las conclusiones, recomendaciones e indicadores de la Alerta, publicado en la página oficial de la estrategia Juntxs por Ellas del Gobierno estatal, con registros hasta el 9 de junio, da cuenta del porcentaje de servidores públicos que están bajo investigación o han sido procesados por abuso de autoridad y negación de la ILE.
Dicho documento registra que, hasta el 15 de marzo de 2017, el 0.0215 (sic) por ciento de los 18 mil 544 servidores públicos de Salud están sujetos a una investigación de este tipo.
Cambio de rumbo
El pasado 28 de septiembre se publicó, en el Diario Oficial del Estado de Jalisco, una circular firmada por Antonio Cruces Mada para establecer algunos criterios con respecto a la operación de los servicios relacionados con la ILE.
Su publicación parece simbólica, pues es el 28 de septiembre el día en que los movimientos de mujeres y feministas establecieron para el Día de la Acción Global por un aborto legal y seguro.
Pero también muestra el desinterés por eficientar este servicio que favorece al clima de justicia para las mujeres, contemplando que la misma circular había sido escrita el 30 de agosto, es decir, tuvo que esperar un mes para que estos lineamientos e informaciones entraran en vigor y se pusieran en marcha.
Aunque desde el mes de abril existe el programa de interrupción legal para dar certeza en las indicaciones de lo que deben realizar los funcionarios públicos de Salud, hasta ahora el discurso de la autoridad había sido en defensa de la práctica médica y su derecho a objetar en casos de conciencia personal de los médicos.
En la circular del secretario de Salud llama la atención que, aunque se expresa que pueden existir médicos objetores de conciencia, estos deben estar sopesados por personal no objetor en todas las dependencias.
Y si en el centro de salud se presenta el escenario de que no haya personal o las herramientas necesarias para llevar a cabo el ILE, tienen la obligación de derivar a la víctima a un centro que sí tenga las condiciones.
Del mismo modo la circular menciona que para los casos en los cuales la mujer corra peligro de salud y deba aplicarse la interrupción, el tema de la objeción de conciencia pasará a segundo término y deberá ejercerse por obligación debido al peligro en el que se encuentra la mujer en atención.
Por otro lado, la circular hace hincapié en que los médicos que proporcionen estos servicios no serán sujetos de investigación por la criminalización del aborto en el artículo 229 de Código Penal del estado, un argumento que había venido utilizando el secretario de Salud para salir a defender la no aplicación de este procedimiento.
Ahora, luego de proporcionar información sobre a protección legal y la especificación de los procesos, la Secretaría de Salud señala que el personal médico que participe en este procedimiento deberá proporcionar un trato digno, respetar la confidencialidad del caso, asegurar la no revictimización, la calidad y la calidez de la atención y dar seguimiento del procedimiento.