Juez desecha demanda colectiva de indemnización a víctimas del colapso de Línea 12

Un juez de la CDMX desechó la acción colectiva presentada por las víctimas de la L12, debido a que debió presentarse ante las autoridades jurídicas locales
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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Un juez de la Ciudad de México desechó la demanda colectiva que interpusieron las 26 familias víctimas del colapso de la Línea 12 contra el Sistema de Transporte Colectivo (STC), al considerar que es improcedente porque fue solicitada por la vía jurídica incorrecta.

La demanda, que pretendía la reparación integral del daño y una indemnización por más de 6 millones de pesos, fue declarada improcedente por el juez Segundo de Distrito en Materia Civil de la CDMX, Benito Zurita, quien argumentó que una acción colectiva contra el STC es responsabilidad patrimonial del Estado.

“Al derivar la presente controversia en una probable actividad administrativa irregular del Estado por la prestación de un servicio público deficiente, resulta aplicable la Ley Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal, sin que sea procedente estudiar la presente controversia al tenor de las disposiciones civiles generales”, informó Zurita.

Según el funcionario, la responsabilidad patrimonial debe reclamarse ante el STC Metro o la Contraloría General de la Ciudad de México. En caso de que la respuesta sea negativa, la solicitud deberá llevarse a juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa capitalino.

La demanda fue interpuesta en mayo por decenas de familias afectadas por el incidente en la Línea Dorada del STC, representados por la Organización Nacional de Responsabilidad del Estado (ONRE), quienes estimaron que el recurso legal beneficiaría hasta a mil personas, entre víctimas directas e indirectas del percance.

La figura de acciones colectivas, según el Código Federal de Procedimientos Civiles, son aquellas que pretenden “la defensa y protección de los derechos e intereses colectivos” y se ejerce ante los Tribunales de la Federación.

“La acción colectiva es procedente para la tutela de las pretensiones cuya titularidad corresponda a una colectividad de personas, así como para el ejercicio de las pretensiones individuales cuya titularidad corresponda a los miembros de un grupo de personas”.

Con ese recurso jurídico, las familias pretenden que el STC entregue a cada una la indemnización de 6 millones 345 mil 800 pesos; además de que el gobierno capitalino ofrezca una disculpa pública a los afectados y realicen actos conmemorativos cada 3 de mayo en la estación Olivos, en memoria de las personas fallecidas.

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