La latente tortura en Jalisco

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas coloca a Jalisco como el segundo estado del país con la mayor incidencia de casos de tortura cometidos por las fuerzas de seguridad locales, pese a eso solo 2 de las 43 recomendaciones de este tipo que ha emitido la CEDHJ en una década se han cumplido
Luis Herrera Luis Herrera Publicado el
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[kaltura-widget uiconfid=”38045831″ entryid=”0_8661vcn7″ responsive=”true” hoveringControls=”true” width=”100%” height=”75%” /] Jalisco presenta la segunda mayor incidencia del país en casos de tortura cometidos por las fuerzas de seguridad en contra de la población, de acuerdo con un estudio elaborado por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y su Comité de Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Para llegar a esta conclusión, la CEAV utilizó como indicador los hechos de tortura que han sido corroborados por las comisiones defensoras de los derechos humanos de las entidades federativas, y que han ameritado recomendaciones, en la década de 2006 al 2015.

Otra cara de la problemática es el bajo nivel de cumplimiento de las recomendaciones que se emiten sobre la tortura

Con este criterio, la CEAV y su Comité de Tortura determinaron que los cinco estados donde se han documentado más actos de tortura de las fuerzas de seguridad locales, son: Michoacán, en primer lugar, con 67 recomendaciones; Jalisco, en segundo, con 43 casos; Guanajuato, en tercero, con 26; Sinaloa, en cuarto, con 24; y Tabasco, en quinto, con 22.

Los resultados de este “Índice de Recomendaciones de Ombudsman Estatales en México de Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos 2006-2015”, publicados en 2017, dan cuenta de que en todo el país, en esa dé- cada, las comisiones de derechos humanos comprobaron 400 casos de tortura de las instituciones de seguridad locales.

La Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, publicada el 26 de junio de 2017 para homologar en todo el país el combate de esta práctica ilegal, la define así en su artículo 24:

“Comete el delito de tortura el Servidor Público que, con el fin de obtener información o una confesión, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medio de coacción, como medida preventiva, o por razones basadas en discriminación, o con cualquier otro fin:

  1. Cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona; II. Cometa una conducta que sea tendente o capaz de disminuir o anular la personalidad de la Víctima o su capacidad física o psicológica, aunque no le cause dolor o sufrimiento, o III. Realice procedimientos médicos o científicos en una persona sin su consentimiento o sin el consentimiento de quien legalmente pudiera otorgarlo”.

También son responsables de tortura los civiles que, aun sin ser servidores públicos, participen en los actos antes descritos o los cometan con el apoyo de agentes del Estado.

Comisión desoída

Si una cara de la problemática es la alta incidencia de actos de tortura por parte de las fuerzas de seguridad pública, la otra es el bajo nivel de cumplimiento de las recomendaciones que emite la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ).

De acuerdo con la CEAV, de las 43 recomendaciones que emitió la CEDHJ por casos de tortura en la década 2006-2015, solo un par están clasificadas con “cumplimiento satisfactorio”, apenas un 4.6 por ciento; del resto hay 20 con cumplimiento insatisfactorio, una no aceptada, un par con cumplimiento parcial, y 18 en vías de cumplimiento.

Si bien una recomendación puede tener una o más autoridades señaladas por practicar la tortura, en Jalisco la instancia con más hechos corroborados es la Fiscalía General con 43, considerando que en el sexenio pasado esa institución estaba dividida en las extintas Procuraduría y Secretaría de Seguridad Pública, Prevención y Readaptación Social.

Después está el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses con dos hechos de tortura, y los gobiernos municipales de Puerto Vallarta, Zapopan, Degollado y Tala, con un caso cada uno.

Las recomendaciones de la CEDHJ suelen centrarse en la exigencia de sancionar a los responsables de la tortura, así como de reparar el daño a las víctimas, por lo tanto, un bajo cumplimiento de las mismas implica impunidad y la falta de justicia para los afectados.

A nivel nacional el grado de cumplimiento de las recomendaciones por tortura es igualmente bajo: de las 400 que refiere la CEAV, apenas 106 están clasificadas como cumplidas, 26.5 por ciento; otras 215 fueron incumplidas, 53.75 por ciento; además de 79 de las que no fue informado su seguimiento, 19.75 por ciento.

Estados con más recomendaciones por tortura de 2006 a 2015

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La indolencia

El estudio de la CEAV exhibe un pobre interés del gobierno de Aristóteles Sandoval Díaz por combatir la tortura en Jalisco: en los tres años de su gestión considerados en el Índice, de 2013 a 2015, se emitieron 19 recomendaciones contra su Fiscalía por este delito, sin embargo, ninguna está clasificada con “cumplimiento satisfactorio”.

Por el contrario, de las 19, hay 16 que aún se encuentran en proceso o vías de cumplimiento; hay un par que están clasificadas con cumplimiento insatisfactorio, y una con cumplimiento parcial.

Tampoco se ha cumplido con la creación de una Fiscalía especializada en tortura además de que no ha homologado su reglamento con la Ley General en la materia

El Índice de la CEAV analizó otros dos tipos de recomendaciones en el país: las que combinan tortura y tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (TPCID), y las que abordan solo los TPCID. En estos dos tipos Jalisco aparece sin incidencia, empero, a nivel nacional se documentaron 118 casos del primero, y 534 del segundo, en la misma década.

Reforma olvidada

Pese a tener la segunda mayor incidencia del país en la práctica ilegal de tortura, el estado de Jalisco ha incumplido con los plazos marcados en la Ley General en la materia para homologar su legislación, así como para la creación de la Fiscalía Especializada respectiva.

El artículo Tercero transitorio de la Ley fijó un plazo máximo de 180 días en el que “la legislatura de cada entidad federativa deberá armonizar su marco jurídico”, el cual acabó en diciembre pasado sin que llegara la reforma a Jalisco.

Ahora buena parte de los diputados locales están enfocados en el proceso electoral.

La Ley también fijó en su artículo sexto transitorio un plazo de 90 días para crear una Fiscalía Especializada anti-tortura, eso debió ocurrir a más tardar en septiembre de 2017; en lugar de ello, la Fiscalía creó solo una Unidad ministerial el 15 de marzo pasado, al parecer escudándose en que el artículo citado agrega: “salvo en los casos que por falta de recursos suficientes deban ser ejercidas por la unidad administrativa especializada correspondiente”.

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