La utopía de la Reforma Laboral
A unas horas de que la Cámara de Senadores apruebe la Reforma Laboral, las preguntas sobre su efectividad y profundidad se generalizan.
¿Podrá realmente la denominada flexibilidad que nos quieren vender a todos los mexicanos, garantizar un ingreso digno a 3 millones de trabajadores que no perciben un ingreso?
¿Contará con los elementos suficientes para ingresar a la formalidad a los más de 14 millones de personas ocupadas en la economía paralela o a los 13 millones que no tienen contrato por escrito?
Georgina HowardA unas horas de que la Cámara de Senadores apruebe la Reforma Laboral, las preguntas sobre su efectividad y profundidad se generalizan.
¿Podrá realmente la denominada flexibilidad que nos quieren vender a todos los mexicanos, garantizar un ingreso digno a 3 millones de trabajadores que no perciben un ingreso?
¿Contará con los elementos suficientes para ingresar a la formalidad a los más de 14 millones de personas ocupadas en la economía paralela o a los 13 millones que no tienen contrato por escrito?
¿Será una solución para que 30 millones de ocupados cuenten con seguridad social que actualmente no la tienen, o para los 6.7 millones que cuando mucho reciben un salario mínimo?
Estos son algunos de los cuestionamientos que hace a Reporte Indigo el investigador y analista del TEC de Monterrey, Campus Estado de México, José de la Cruz Gallegos.
Hoy, el salario mínimo real constituye el 25 por ciento de lo que era en los años 70, lo que ha mermado las condiciones de vida y mercado interno, advierte el director del Centro de Investigación en Economía y Negocios.
Y es que los bajos salarios, explica, tienen como telón de fondo un mercado laboral que favorece la inequidad y la precariedad.
En un primer aspecto, se tiene a la incapacidad del sistema productivo para generar empleo formal bien remunerado y con las prestaciones adecuadas.
Tan solo los trabajadores registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) son una minoría respecto a quienes componen la Población Económicamente Activa (PEA).
En una nación de 113 millones de personas, con una PEA de 50 millones, indicar que menos de 16 millones de trabajadores están registrados en el IMSS constituye una señal inquietante, analiza el experto.
Sobre todo, dice, porque representa una deficiencia de la economía ante la incapacidad de generar empleo con prestaciones sociales.
Pero ¿qué pasa con el resto de los empleados? se pregunta: en México existen más de 30 millones de trabajadores que no cuentan con seguridad social, casi el doble de quienes están registrados en el IMSS.
Si bien la reforma propuesta parte de la premisa de que contribuirá a la solución de los males que afectan la competitividad, productividad, inversión, empleo formal y aumento de salarios, habría que checar si contiene los mecanismos adecuados para lograrlo.
Reforma al desnudo
El Artículo 2°. Plantea una definición de trabajo digno o decente como “aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador”, el problema es que en la práctica dicho concepto no se aplica y que la reforma encontrará severas dificultades para corregir esto.
También señala el investigador que “no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil”.
Pero la duda surge, dice, cuando se analiza el artículo 3°: “no podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre los trabajadores”.
Y en el siguiente párrafo del mismo artículo se indica que “no se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se sustenten en las calificaciones particulares que exija una labor determinada”.
Sin duda, menciona De la Cruz Gallegos, aquí existe una ambiguedad, por la naturaleza propia del mercado laboral y de la amplitud de actividades productivas que existen en la economía.
Basta con definir las “calificaciones particulares” con las que se desee seleccionar a los trabajadores, o modificarlas de acuerdo a la situación, para en la práctica poder elegir a conveniencia, opina.
Pero no es la única duda que surge del texto, en el Artículo 154: “Los patrones estarán obligados a preferir, en igualdad de circunstancias, a los trabajadores mexicanos respecto de quienes no lo sean”, lo que contradice a la no discriminación.
Una situación similar surge cuando se analiza el resto del artículo: se debe preferir “a quienes les hayan servido satisfactoriamente por mayor tiempo, a quienes no teniendo ninguna otra fuente de ingreso económico tengan a su cargo una familia.
“A los que hayan terminado su educación básica obligatoria, a los capacitados respecto de los que no lo sean, a los que tengan mayor aptitud y conocimientos para realizar un trabajo y a los sindicalizados respecto de quienes no lo estén”.
Con ello, anticipa De la Cruz Gallegos, se norma que no necesariamente serán las calificaciones particulares de cada trabajador, sino que existe una obligatoriedad de privilegiar a un segmento de mexicanos sobre otro, o los nacionales sobre los extranjeros o a los sindicalizados.
Pero todavía más relevante es indicar que el Artículo 2° señala que en el trabajo digno “se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador.
“Se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo”.
Pero las cifras del mercado laboral mexicano no permiten pensar que su evolución va en dicho sentido, pues cada vez son más los que no cuentan con esta seguridad, concluye el académico.