Leyes disparejas
La disparidad es una característica de México, y las leyes de transparencia de los diferentes estados de la República no son la excepción.
Mientras que existen entidades como Coahuila o el Distrito Federal que cuentan con mecanismos de acceso a la información de alta calidad, otros estados como Hidalgo y Baja California Sur aún se encuentran rezagados.
Bernhard BuntruLa disparidad es una característica de México, y las leyes de transparencia de los diferentes estados de la República no son la excepción.
Mientras que existen entidades como Coahuila o el Distrito Federal que cuentan con mecanismos de acceso a la información de alta calidad, otros estados como Hidalgo y Baja California Sur aún se encuentran rezagados.
Esto conforme al Índice de Derecho de Acceso a la Información en México (IDAIM) elaborado por Fundar, Centro de Análisis e Investigación A.C., que mide la calidad de las leyes de transparencia según las mejores prácticas nacionales e internacionales en la materia, así como los estándares constitucionales.
El IDAIM se compone de 196 criterios integrados en tres variables: diseño normativo, diseño institucional y procedimiento de acceso a la información y obligaciones de transparencia.
Una vez realizada la medición, el índice dividió la calificaciones de las leyes en tres categorías: leyes buenas, con un puntaje de 8 a 10; leyes regulares, con una calificación de 6 a 7.9 y leyes reprobadas, las cuales obtuvieron un puntaje menor a 5.9.
El promedio general fue de 6.0, 14 estados obtuvieron la calificación de “regular” y 17 entidades reprobaron.
De acuerdo con el ranking general, el IDAIM observó que “persiste una enorme disparidad entre las leyes de transparencia”.
Armonía necesaria
El estudio menciona que la gran cantidad de leyes en el rango de “reprobadas” no son producto de la falta de interés de sus congresos por reformarlas, sino de la falta de un proceso legislativo que busque armonizar las leyes a los principios constitucionales en la materia.
La Ley General de Transparencia (LGT), promulgada este lunes, atiende a este principio, destaca el reporte; sin embargo, no es suficiente.
“Es adecuado que la LGT sea el punto de partida, más no el de llegada”, apunta.
Por ello, el IDAIM enumera los elementos más relevantes a atender en la reforma de leyes de transparencia, los cuales incluyen, entre otros, el reconocimiento expreso del derecho de acceso a la información como un derecho fundamental, la autonomía de los órganos de la materia y la creación de un sistema efectivo de sanciones.