El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este lunes que las boletas marcadas a favor de Margarita Zavala serán contabilizadas como votos nulos.
Dichas boletas formarán parte del conteo final de votos nulos, es decir, su único valor será para determinar la estadística de nulidad en la elección.
La Sala Superior del TEPJF determinó que los votos no deben ser contados a favor Zavala, pues ella renunció a ejercer su derecho de voto pasivo.
La ex candidata presidencial renunció a su candidatura y cualquier aspiración para este proceso electoral poco antes del segundo debate.
Sin embargo, si un ciudadano marca el recuadro con el nombre de Zavala y el de otro candidato, el voto será considerado como valido, pero para el aspirante que sí tiene registro.
“No se trata de invisibilizar el voto a favor de esta candidata, sino de establecer un sistema de darle vida y una utilización y un sentido al sufragio expresado por los ciudadanos en la jornada electoral, insistiendo que esta es una situación excepcional. La relevancia de conseguir candidatura independiente, no fue previsto por el legislador ni por la autoridad administrativa”, señaló la magistrada Janine Otálora.
De esta manera, los magistrados eliminaron el acuerdo INE/CG511/2018 aprobado el pasado 28 de mayo por el Instituto Nacional Electoral (INE).