Pondrán candados a estatutos

La Cámara Mexicana de la Industria y de la Construcción (CMIC), que encabeza Gustavo Arballo, alista reformar los estatutos para poner severos candados en futuras elecciones de su presidente.

Esto prácticamente enterraría de facto la poca democracia hacia el interior de este organismo constructor, además de que no sería incluyente para la mayoría de los agremiados.

Jesús Padilla Jesús Padilla Publicado el
Comparte esta nota

Afiliados de la CMIC preparan una resistencia el próximo 7 de junio en la sede central en la Ciudad de México y en las delegaciones estatales
“Ahora buscan modificar los estatutos, pero dejándolo a modo de poder apropiarse de la Cámara. La principal modificación consiste en quitarle a los afiliados el derecho de elegir a sus representantes eliminando el voto de los afiliados” 
Javier Gallo Palmerexpresidente de la CMIC

La Cámara Mexicana de la Industria y de la Construcción (CMIC), que encabeza Gustavo Arballo, alista reformar los estatutos para poner severos candados en futuras elecciones de su presidente.

Esto prácticamente enterraría de facto la poca democracia hacia el interior de este organismo constructor, además de que no sería incluyente para la mayoría de los agremiados.

El asociado no podrá votar de manera individual o por medio de otro agremiado para elegir a su dirigente en la Asamblea General Ordinaria, porque ahora sería por medio del delegado de cada estado de manera forzosa.

El próximo 7 de junio se realizará una Asamblea Extraordinaria para cambiar el reglamento.

Documentos en poder de Reporte Indigo revelan que el Comité Directivo de la CMIC pretende cambiar varios estatutos de su reglamento, tales como el artículo 2 fracción XVI, artículo 12, artículo 17 fracción I, II y III, y con esto los dirigentes sólo serán electos y votados por delegados o presidentes delegacionales.

“Participar y votar en las asambleas delegacionales por sí o a través de su representante debidamente acreditado y en la Asamblea General a través de su delegado o representante debidamente acreditado”, cita el documento.

Cabe recordar que en la Asamblea General se vota para elegir el nuevo presidente de esta asociación.

Incluso, el voto individual del afiliado ya no existirá porque se derogarán los artículos 28, 29 y 34, por lo que 60 dirigentes decidirán por 10 mil 500 afilados que tiene la CMIC en todo México.

“El padrón que se utilizará en las votaciones de la Asamblea General en su sesión ordinaria que se celebren durante los primeros tres meses de cada año para la renovación del Consejo Directivo (presidente), comprenderá exclusivamente a los afiliados cuyo registro se haya efectuado hasta el 31 de octubre del año inmediato anterior a la Asamblea.

“En estas asambleas solamente se tratarán los puntos específicos señalados en la convocatoria correspondiente y no se incluirá el punto de asuntos generales”, cita el artículo que será derogado.

Ante esto, Javier Gallo Palmer, expresidente de la Cámara Mexicana de la Industria y de la Construcción de Michoacán, envió una carta a los afilados de este organismo para alertar sobre estos cambios.

“Ahora buscan modificar los estatutos, pero dejándolo a modo de poder apropiarse de la Cámara. La principal modificación consiste en quitarle a los afiliados el derecho de elegir a sus representantes eliminando el voto de los afiliados”, explicó Gallo Palmer.

Alistan resistencia

Afiliados a la Cámara Mexicana de la Industria y de la Construcción (CMIC) preparan una resistencia el próximo 7 de junio en la sede central en la Ciudad de México y en las delegaciones estatales.

La intención, según los agremiados, sería evitar que se apruebe el proyecto de reforma a nuevos estatutos de esta organización.

Javier Gallo Palmer, expresidente de la Cámara Mexicana de la Industria y de la Construcción de Michoacán, solicitó el apoyo de los asociados para esta protesta.

“Me permito convocarlos para que acudan a la última asamblea nacional de CMIC para que voten a la no aprobación de estos estatutos, con los cuales pretenden quitarnos no sólo a nuestra organización, sino el patrimonio de 63 años.

“En caso de que no puedan asistir, te pido que pases a las instalaciones de tu delegación y que exijas que te entreguen el formato de carta poder exclusivo de la CMIC para que se lo otorgues a un compañero que sí vaya a llegar”, convocó Gallo Palmer.

Y es que, alertó Gallo, el formato sería utilizado con el nombre del afiliado para votar a favor de la nueva reforma estatutaria.

“Será utilizado para votar a favor del secuestro económico y gremial más grande de los últimos años, No permitan que unos cuantos se adueñen de la Cámara como lo hicieron con la ICIC”, concluyó Gallo Palmer.

Artículos no avalados

El proyecto de reforma de estatutos de la Cámara Mexicana de la Industria y de la Construcción (CMIC) agrega las “Buenas Prácticas Empresariales”, antes “Solvencia Moral”, condición que no fue avalada por la Secretaría de Economía, que encabeza Ildefonso Guajardo.

La CMIC insiste en tener esta condición en sus nuevos estatutos que, a través de un Comité Revisor decidirá si un candidato tiene buena moral empresarial.

“Órgano que se constituirá a solicitud de parte y que tiene como finalidad el analizar la no expedición del documento que acredita las buenas prácticas empresariales por parte del Cuerpo Colegiado”, dice el nuevo estatuto.

Sin embargo, la Secretaría de Economía no avaló certificar esta condición porque contrapone la Ley de Cámaras Empresariales y Confederaciones, revela un documento de esta dependencia federal en poder de este medio.

“(Pero) no así las contenidas en los artículos 2, fracciones II, IV y XI, 4 Fracción III, 40 inciso b párrafo octavo, 69 fracción VII párrafo segundo, 86 fracción II párrafo décimo segundo y primero transitorio conforme a lo siguiente.

“Los artículos 2 fracciones II IV y 4 fracción III contraponen a los artículos 7 fracción I, II párrafo segundo y 16 fracción III de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones (LCEC)”, dice el documento.

La Secretaría de Economía agrega en la minuta que el artículo 2 fracción XI, además de otros, contrarían la Ley de Cámaras Empresariales.

“Los artículos 2 fracción XI, 40 inciso b párrafo octavo, 69 fracción IV párrafo segundo, 86 fracción 11 párrafo décimo segundo, contrarían al artículo 17 de LCEC (Ley de Cámaras Empresariales y Confederaciones) la cual posibilita a los afiliados de la CMIC el derecho de someterse a consideración a los órganos de su cámara”, dice la ley.

Síguenos en Google News para estar al día
Salir de la versión móvil