Pruebas sin tortura en el proceso penal

El Instituto de Justicia Procesal Penal se alió con Fair Trials para el proyecto Ending Torture Evidence in Mexico, que busca desarrollar herramientas de litigio que eviten considerar evidencia obtenida mediante tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes ya sean abusos físicos, psicológicos o sexuales
Luz Rangel Luz Rangel Publicado el
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A María de la Concepción Sibaja Ramírez la detuvieron arbitrariamente agentes federales armados en el interior de su casa en Oaxaca en 2015. Sufrió tortura psicológica, física y sexual.

En la entonces Procuraduría General de la República de la Ciudad de México fue obligada a autoinculparse y a incriminar a personas que no conocía a través de fotografías. Pero sólo ha podido comunicar la tortura psicológica al juez Séptimo de Distrito en Oaxaca.

Como María, otras nueve mujeres, algunas de ellas indígenas sobrevivientes de tortura, están implicadas en este proceso penal y privadas de su libertad. El seguimiento a su caso se traducirá en un documental en colaboración con la productora Chamana Lab, en el que se narran los impactos de esta práctica en la vida de las personas y la respuesta judicial.

El IJPP y Fair Trials integraron la Red de Defensores y Democráticos (REDD) con litigantes, especialistas y comunicadores

“En las mujeres hay violaciones, tocamientos o amenazas de hacerle lo mismo a su familia, a diferencia de la tortura física que los hombres sufren”, señala Javier Carrasco, director Ejecutivo del Instituto de Justicia Procesal Penal (IJPP), en entrevista con Reporte Índigo.

La tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (TPCID) afectan a la dignidad de las personas, al sistema de justicia y al proceso mismo. Por eso, para evitar estas prácticas el IJPP se alió con el organismo internacional Fair Trials.

El primero tiene una década promoviendo en México el respeto a los derechos humanos en el sistema de justicia penal. Mientras que el segundo, con oficinas en Londres, Bruselas y Washington, busca juicios justos a nivel mundial.

“Una organización internacional nos trae visiones de diferentes lados, estándares internacionales y una aspiración hacia un ‘deber ser’. Creo que en la justicia debemos estar pugnando por eso”, menciona Carrasco.

En 2019 comenzaron el proyecto Ending torture evidence in Mexico (Poner fin a las pruebas con base en tortura en México), el cual busca promover la exclusión de uso de medios de prueba obtenidos a través de sufrimientos físicos o mentales causados intencionalmente. Asimismo, el IJPP y Fair Trials integraron la Red de Defensores y Democráticos (REDD) con litigantes, especialistas y comunicadores.

Hemos observado muchas audiencias en diversos estados y hemos tenido cercanía con personas defensoras y acusadas y nos preocupa que en México todavía se esté utilizando a la tortura como un mecanismo de extraer información dentro del sistema penal acusatorio. Nos preocupa este uso generalizado que no debe ser
Javier CarrascoDirector Ejecutivo del Instituto de Justicia Procesal Penal (IJPP)

Son más de 40 integrantes de la REDD que han tenido encuentros regionales en tres estados del país. En noviembre de 2019 Nuevo León fue la sede y participaron personas de Chihuahua y Coahuila; en enero de este año el evento fue en Oaxaca y contó con gente de Chiapas, Hidalgo, Tlaxcala y Guerrero; y las reuniones en la Ciudad de México han atraído participantes del Estado de México, Morelos y Puebla.

“Este año nuestras actividades estaban diseñadas para ser presenciales pero por la pandemia todo lo tuvimos que hacer digital. Hemos tenido encuentros mensuales con las personas que son parte de esta red y un seminario en septiembre con el exrelator especial sobre la tortura, Juan Méndez”, cuenta Carrasco.

Potenciar la ley contra tortura, desmitificar el protocolo

El proyecto Ending Torture Evidence in Mexico y la REDD buscan desarrollar de herramientas de litigio efectivas para lograr la exclusión de evidencia obtenida mediante tortura u otros TPCID.

Se trata de potenciar los recursos de defensa que prevé la ley general en la materia, la Carta Magna y tratados internacionales, como la Convención contra la Tortura y otros tratos crueles de 1984, que México firmó.

“Serán excluidas o declaradas nulas, por carecer de valor probatorio, todas las pruebas obtenidas directamente a través de actos de tortura y de cualquier otra violación a derechos humanos o fundamentales, así como las pruebas obtenidas por medios legales pero derivadas de dichos actos”, dice el artículo 50 de la ley general.

Aunque esta ley ofrece un marco robusto para la exclusión de medios de prueba obtenidos por tortura, jueces y juezas, ministerios públicos y peritos exigen a las víctimas demostrar la tortura con exámenes médicos o psicológicos, lo cual es ilegítimo.

“Un reto es que creen que se debe realizar un Protocolo de Estambul. Excluir pruebas y probar la tortura son dos procedimientos pero a veces lo que hemos encontrado es que los confunden o los mezclan y nuestro proyecto ha sido capacitar en separar las dos cosas”, afirma Javier Carrasco.

Si bien el Protocolo de Estambul es una guía para la investigación de tortura, no es obligatorio para acreditar las denuncias. Sólo es un manual para documentar esta práctica, pero no determina si ocurrió o no.

Por ello, el IJPP y Fair Trials publicaron la guía Desmitificación del protocolo de Estambul en marzo de este año; en agosto estuvo disponible otro recurso didáctico para abogados defensores llamado La exclusión de pruebas ilícitas, un camino eficaz para erradicar la tortura. Ambos organismos cuentan con un Manual para la defensa de víctimas de tortura y está por salir un documento para impulsar la audiencia de control de garantías.

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