Este sábado fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el reglamento de la Ley de la Guardia Nacional.
El reglamento, tiene por objetivo establecer la organización, estructura y funcionamiento de esa institución de seguridad pública, así como regular la carrera de Guardia Nacional, su régimen disciplinario y los estímulos aplicables a su personal.
De acuerdo con la publicación, el cuerpo armado cuenta con autonomía técnica, operativa y de gestión para el ejercicio de las atribuciones, obligaciones, facultades y el despacho de los asuntos establecidos en la Ley de la Guardia Nacional y este Reglamento, así como los demás ordenamientos jurídicos aplicables.
La Guardia contará con una Coordinación Operativa Interinstitucional que funcionará como un órgano permanente colegiado la cual estará compuesta por representantes de las secretarías de la Defensa Nacional (SEDENA), de Marina Armada de México (SEMAR) y de la Policía Federal.
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Informa que en un plazo de 15 días naturales, contados a partir de la publicación del reglamento, el comandante de la Guardia y los miembros del Consejo d Carrera que estén activos y la Coordinación Operativa emitirán por única ocasión los lineamientos para determinar el otorgamiento de los grados al personal con fundamento en la ley y para efectos del reglamento.
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El titular será nombrado por el presidente de la República, contará con autonomía de gestión y tendrá las atribuciones que determine el Reglamento, además de contar con un órgano interno de control.
29_06_2019 Edición Vespertina. Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional. https://t.co/oDAc1MaBSd pic.twitter.com/iFEjIlqsCX
— Diario Oficial DOF (@DOF_SEGOB) 29 de junio de 2019