¿Qué sí y qué no pueden hacer los candidatos durante la veda electoral?
Los candidatos deberán guardar silencio para que los ciudadanos reflexionen y decidan a quién dará su voto el 1 de julio
Indigo StaffLas campañas electorales concluyen el último minuto de este miércoles 27 de junio; tras millones de spots, acusaciones, señalamientos, guerra sucia y un sinfín de dimes y diretes entre los candidatos a los distintos cargos de elección popular, ahora llega un periodo de silencio y reflexión conocido como veda electoral.
Este lapso abarca los días 28, 29 y 30 de junio, es decir, tres días antes de la jornada electoral del 1 de julio.
La veda electoral está pensada como un periodo en que los candidatos callan para que los ciudadanos puedan meditar a quien le darán su voto el próximo domingo.
Fundamento legal
Este periodo de reflexión y silencio está establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Qué no se puede hacer
El artículo 13 de dicha ley señala que los tres días previos a la elección, y hasta el cierre de las casillas, en todos los usos horarios, queda estrictamente prohibido publicar encuestas y sondeos de opinión de cualquier tipo.
Además, los candidatos no pueden llamar al voto, difundir propuestas ni realizar actos públicos de campaña del 28 de junio al 1 de julio; hacerlo representa una grave falla electoral.
La propaganda en radio, televisión y prensa, es decir, los famosos spots, quedan totalmente prohibidos durante este periodo.
Respecto a la propaganda en vía pública, ésta deberá ser retirada durante los siete días posteriores a la conclusión de la jornada; excepto aquella que este colocada a 50 metros de alguna casilla electoral, la cual deberá ser retirada antes de la contienda.
Los candidatos tampoco pueden hacer uso de sus redes sociales para llamar al voto o difundir propuestas.
Quiénes sí pueden hablar
Los presidentes de los partidos políticos sí pueden hablar, dar entrevistas en medios y publicar en redes, siempre y cuando no llamen al voto, sólo pueden hablar sobre detalles generales de la elección; de lo contrario se considera una violación a la veda.
Y los medios…
Los medios de comunicación tampoco pueden difundir información sobre los candidatos y sus propuestas. Como lo señala la ley, tampoco pueden publicar encuestas o sondeos que indiquen la preferencia electoral.
La prensa puede publicar información sobre el proceso electoral, pero debe ser de corte general; por ejemplo, la ubicación de las casillas, cómo votar de manera correcta o qué hacer ante algún delito electoral.