La Corte admite primera controversia por Ley de Seguridad Interior

El municipio de Cholula fue el primero en interponer una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Seguridad Interior, y se espera que haya más ante la SCJN.
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió este medio día la primera controversia constitucional impuesta para la Ley de Seguridad Interior, promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto antes de terminar el 2017.

Esta controversia fue promovida por Esperanza Estela Chilaca, en representación del municipio de Cholula, Puebla, el 5 de enero; la corte tardó 7 días en dar entrada a este proceso.

El encargado de estudiar los argumentos del municipio poblano y determinar si la Ley de Seguridad Interior viola algunos puntos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos será el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

El día de la presentación de esta controversia, el secretario general del Gobierno de Cholula, Ignacio Molina, dijo a medios locales que la Ley de Seguridad Interior viola la autonomía municipal. Los artículos impugnados son el 7, 11, y 16 de dicha legislación.

Molina explicó que Molina la Constitución otorga a los municipios facultades para decidir en materia de seguridad pública, además que la ley establece que el presidente puede determinar la intervención de las Fuerzas Armadas sin consultar a los gobiernos locales.

Otras acciones contra la Ley de Seguridad Interior

El Consejo Nacional Ciudadano (CONACI) de la zona sur de Tamaulipas solicitaron amparos en contra de la Ley de Seguridad Interior en juzgados federales.

El CONACI busca presentar amparos de forma individual, pero en gran cantidad, para mostrar que la ley viola los derechos de cualquier persona, sin importar su condición o lugar de residencia.

También se han presentado amparos en Nuevo León, Jalisco, Tabasco.

Por su parte, la Comisión Nacional de Derechos Humanos informó el 8 de enero que se encuentran trabando en la integración de un documento “sólido”para presentar una acción de inconstitucionalidad.

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