Senado rechaza renuncia de Ximena de la Puente… aquí te explicamos la razón
La Mesa Directiva de la Cámara alta decidió bajar del orden del día de la sesión del Pleno la notificación de esta carta porque en ella no se establece la fecha a partir de la cual tendría efecto su renuncia
Imelda GarcíaEl Senado de la República no aceptó la carta de renuncia de Ximena Puente de la Mora como comisionada del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ya que la priista no escribió en la misiva cuando renunciaba.
La Mesa Directiva de la Cámara alta decidió bajar del orden del día de la sesión del Pleno la notificación de esta carta porque en ella no se establece la fecha a partir de la cual tendría efecto su renuncia, por lo que la devolvió a Puente para que, si desea, la corrija y pueda enviarla de nuevo.
“En caso de que un Comisionado renuncie a su encargo, deberá presentar por escrito su renuncia dirigida al Presidente de la Cámara de Senadores, con copia al Pleno del Instituto, estableciendo la fecha específica en que se hace vigente la misma, para que el Senado de la República esté en posibilidad de iniciar el procedimiento establecido en la Constitución y esta Ley, para el nombramiento del Comisionado que cubra la vacante”, establece el artículo 49 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La carta de Ximena Puente de la Mora sí está dirigida al presidente de la Cámara de Senadores, pero no envía copia al Pleno del INAI, sino a su comisionado presidente; y tampoco especifica la fecha a partir de la cual tendría vigencia su renuncia.
El senador panista César Octavio Pedroza, quien presidía la sesión al momento del debate, informó al Pleno del Senado que la carta de Puente de la Mora sería retirada del orden del día y devuelta a Puente, tras un intenso debate en el que los senadores de oposición criticaron su nominación como candidata plurinominal del PRI y pidieron que no se le acepte la renuncia.
“Esta designación y este acto de malabarismo y de disfraz no solo es cínico; ofende y debilita al Estado. Porque también, ¿qué es lo que nos muestra? Un sistema de favores y pagos, nos muestra hacer a un lado el servicio público y privilegiar la servidumbre”, acusó Luis Humberto Fernández, senador de la bancada del PT.
“Estamos dándole un fuerte golpe no solamente a la credibilidad de una institución como el INAI, sino particularmente al derecho fundamental de acceder a la informacion porque, ¿con qué credibilidad podemos ahora decir que el INAI es un organismo constitucional autónomo?
“Llevar ahora a una integrante del Pleno del INAI como candidata no suena más que a un pago de favores por lo que ha realizado, entre otras cosas para calificar como uno de los partidos más transparentes a quien precisamente la lleva en la lista”, sentenció la senadora independiente Martha Tagle.
“No estamos hablando de que es ilegal la renuncia de la comisionada Ximena Puente; por supuesto que es legal (…) ¿Es legal la renuncia? Sí. ¿Es ética? No, de ninguna manera. Pero además existe el decoro también y esto por supuesto que no lo tiene la comisionada con esta decisión que ha tomado”, criticó Luis Sánchez, senador por el PRD.
El senador del PRI, Patricio Martínez, defendió la nominación de Ximena Puente y cuestionó los casos en que personas que integraron organismos autónomos después tuvieran cargos públicos cobijados por partidos, como Alonso Lujambio, Santiago Creel o Juan Molinar Horcasitas, todos del PAN.
“Hay una emisión de posición partidista de quien debiera estar químicamente pura de politica partidista. Quiero preguntar: ¿de dónde, este Senado, puede sacar ciudadanos electrolíticamente puros, sin tener ninguna clase de contacto político partidista para integrar órganos autónomos? Eso me parece un ideal, pero la realidad es otra. La realidad es que no podemos leernos la mano”, apuntó Martínez.
La bancada del PT, a través del senador Zoé Robledo, anunció que esta misma semana presentarán una iniciativa para poner un candado en la Constitución Política y dejar establecido que una persona que haya sido miembro de un órgano autónomo no pueda ocupar un cargo público hasta cierto tiempo después de que se haya separado de su función.