Senador propone reconocer ‘robo de identidad’ para proteger al comercio electrónico

Un dictamen en la Cámara Alta propone castigar el delito de robo de identidad hasta con 6 años de cárcel

El senador hidalguense Isidro Pedraza Chávez presentó una iniciativa para reformar el artículo 387 del Código Penal Federal, en donde propone adicionar una fracción para reconocer la figura del ‘robo de identidad’ con el objetivo de mejorar la certidumbre jurídica del comercio electrónico y la protección tanto a los prestadores y usuarios de los servicios financieros.

En la Cámara Alta ya hay un dictamen aprobado en noviembre de 2016 en la Cámara de Diputados que adiciona un artículo (340) al Código Penal Federal que sanciona la usurpación de identidad con una pena de uno a seis años de prisión y 400 a 600 días de multa y, en su caso, la reparación del daño que se hubiese causado.

Sin embargo, a opinión el legislador perredista, sería más adecuado incluir la figura de usurpación de identidad dentro del Título Vigésimo Segundo relativo a los delitos en Contra de las Personas en su Patrimonio, del Capítulo III en materia de fraude, lo que fortalecería el marco legal en beneficio del sector financiero y del patrimonio de quienes hacen uso de él.

En el artículo 386 del Código Penal Federal se establece que el delito de fraude se castigará con prisión de 3 días a 6 meses o de 30 a 180 días de multa, cuando el valor de lo defraudado no exceda de diez veces el salario, con prisión de 6 meses a 3 años y multa de 10 a 100 veces el salario cuando el valor de lo defraudado exceda de 10 pero no de 500 veces el salario y con prisión de 3 a 12 años y multa de hasta 120 veces el salario si el valor de lo defraudado fuere mayor de 500 veces el salario.

La reforma propuesta por el Senador Pedraza adiciona una fracción (XXII) al artículo 387 que establece que las mismas penas señaladas en el artículo anterior (386) se impondrán en el siguiente supuesto:

“El que por sí o por interpósita persona, adquiera y utilice por cualquier medio, información personal y financiera de un tercero sin su autorización, con la intención de usurpar o suplantar su identidad, para cometer ofensas, adquirir bienes, contratar servicios, obtener recursos financieros o monetarios a su favor y en perjuicio del tercero, o cometer cualquier otro delito que afecte el patrimonio o la buena reputación de la persona.

Además de proponer el incremento de penas en función del daño realizado, lo que difiere de la iniciativa que está actualmente en discusión, el Senador considera que estos ajustes son más adecuados para dotar de un mejor marco legal al combate al robo de identidad.

De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) el país ocupa el octavo nivel mundial en robo de identidad. De acuerdo a Condusef durante 2016 se reportaron más de 78 mil posibles casos de robo de identidad.

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