El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del INE por el que prohibió la participación de candidatos en debates en medios de comunicación durante el periodo de intercampañas, el cual concluye el 29 de marzo.
Durante la sesión nocturna de este viernes, el Pleno de la Sala Superior votó por unanimidad revocar el acuerdo INE/CG112/2018, aprobado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), el 19 de febrero.
El #TEPJF revocó acuerdo del @INEMexico que limitaba los #debates en etapa de intercampaña. pic.twitter.com/nbtOyB85Ia
— TEPJF (@TEPJF_informa) 10 de marzo de 2018
El INE emitió una opinión sobre los planteamientos hechos por los partidos políticos, en la que impedía a los candidatos, entre otras cosas, participar en mesas redondas donde haya más de un candidato y debates en periodos de intercampañas.
Al respecto, la Sala Superior del TEPJF determinó que no debe haber mayor restricción al derecho a la libertad de expresión que las que se encuentran previstas en ley y las que se han establecido a través de criterios jurisprudenciales.
Ello, en respuesta a las consultas realizadas por Morena y el Partido del Trabajo (PT), relacionadas con el periodo de intercampañas.
El 23 de febrero, la CIRT acudió al TEPJF por considerar que, al delimitar nuevas conductas prohibidas, que no están previstas en la ley, el INE limitaba el trabajo periodístico de los comunicadores y periodistas.
Con ello, consideró que inhibía el desarrollo de la prensa libre y, en consecuencia, afectaba negativamente el libre debate de ideas que debe nutrir a la opinión pública en el marco de un proceso electoral.
Esta noche el @TEPJF_informa determinó por unanimidad revocar el acuerdo del @INEMexico que prohibía los debates en medios de comunicación entre dos o más candidatos.
GANA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
— Radio y TV Mexicanas (@cirt_) 10 de marzo de 2018
Los recursos de apelación fueron acumulados para ser resueltos en una sola votación, y el Pleno de la Sala Superior determinó, por unanimidad, revocar el acuerdo controvertido en lo que fue materia de impugnación.
En su intervención, la presidenta de la Sala Superior, Janine, M. Otalora Malassis, expuso que lo relevante de este asunto es el pronunciamiento que hizo el Pleno sobre cuáles son las restricciones aceptables para la participación de precandidatos en mesas de trabajo, entrevistas y debates.