La que para la ONU es un método de tortura, para los grupos conservadores de Jalisco no: las llamadas terapias de conversión que son aquellos tratamientos que buscan modificar la orientación sexual de las personas.
El Congreso del Estado se encaminaba a modificar el Código Penal de Jalisco para castigar con cárcel a los involucrados en la impartición y promoción de estas terapias formalmente conocidas como “Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG)”, pero se detuvo ante la oposición de grupos sociales conservadores.
El objetivo era incluir en el Código Penal un Artículo 202 en el que que “se impondrá de 1 a 3 años de prisión y la inhabilitación de su ejercicio a los profesionales de la salud y por el mismo tiempo a la persona física o moral que imparta, promueva, emplee, aplique, obligue o financie cualquier tipo de método, tratamiento, terapia, práctica no quirúrgica o servicio, con o sin fines de lucro con el objeto de modificar, reorientar, menoscabar, restringir o anular la orientación sexual o identidad sexual de una persona”.
El mismo numeral tenía previsto una pena mayor si la víctima de los ECOSIG era menor de edad.
“Se aumentará hasta una cuarta parte de la sanción prevista en el párrafo anterior, en los casos en que esta conducta se realice en contra de personas menores de 18 años o personas que no cuenten con la capacidad de comprender el hecho”.
Sin embargo, la protesta de grupos encabezados por el Frente Nacional por la Familia condujo a los legisladores a frenar este 3 de diciembre la prohibición de los ECOSIG, para reabrir su análisis pero ahora incorporando foros donde participe la sociedad, según lo ha señalado su autor y promotor, el diputado Salvador Caro Cabrera.
Forma de tortura
De acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), los ECOSIG deben ser considerados como una forma de tortura.
Así lo advirtió en el documento de 2019 titulado “Nada que curar. Guía de referencia para profesionales de la salud mental en el combate a los ECOSIG”, que elaboró con instituciones como la Universidad Nacional Autónoma de México.
“Organismos especializados que conforman el Sistema de las Naciones Unidas han calificado este tipo de ‘terapias’ como tortura”, pues se ha documentado que incluyen abusos como: coerción y falta de consentimiento; privación ilegal de la libertad; violencia verbal y amenazas; uso forzado de medicamentos; violaciones sexuales; terapias de aversión; electroshocks; y exorcismos”, señala.
El estudio cita al experto independiente de la ONU para los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e Intersexuales, Víctor Madrigal-Borloz, quien “afirmó que los métodos que se usan como ‘terapia correctiva’ para tratar de cambiar a los miembros de la comunidad LGBTI+ constituyen no solamente tratos crueles, degradantes e inhumanos.
“Sino que, inclusive, en algunos casos equivalen también a actos de tortura al incluir privación de libertad, aislamiento, electrochoques, medicación forzada y toda una serie de técnicas crueles que son utilizadas para ‘corregir’ la orientación sexual de los asistentes”.
Desde el 2017, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación emitió su Pronunciamiento 01/2017, en el que resalta que los ECOSIG “parten de supuestos científicamente falsos”, por lo que advierte que “trasgreden los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la salud, a la integridad personal y a la igualdad y no discriminación”.
La oposición a la prohibición de las terapias de conversión
El colectivo de organizaciones de corte conservador que se opuso a la prohibición de los ECOSIG por parte del Congreso estatal, esgrimió cinco puntos que, desde su perspectiva, fundamentan su rechazo hacia la medida.
Primero, que la iniciativa atenta contra el derecho de la libertad de las personas a ejercer su libre desarrollo de la personalidad, esto es, “la posibilidad de que cualquier individuo, sin coacción, ni controles injustificados, pueda ser como quiere ser siempre que sea mayor de edad (…) dicho derecho humano permite que cualquier persona pueda ser heterosexual y solicitar ayuda para ello a sus seres queridos o profesionales”.
Segundo, que “criminaliza algo lícito derivado del auxilio a quien solicite ayuda siendo mayor de edad (…) para convertirlo en ilícito a los profesionales y padres de familia a otorgar dicha ayuda como seres humanos y profesionistas”.
Tercero, señalan, que atenta contra el derecho de los niños y niñas heterosexuales a solicitar “ayuda voluntaria” de sus padres y profesionistas; cuarto, que coarta el derecho de que cualquier persona física o moral se dedique a la actividad lícita que ella quiera y manifieste sus ideas.
Y quinto, que viola el derecho que tienen los padres “de educar a sus hijos como ellos determinen en lo cultural, religioso, salud, orientación sexual mientras sean menores, religión, esta iniciativa atenta contra la patria potestad”, todo según su posicionamiento del 3 de diciembre.
Persiste la impunidad en ECOSIG
Asociaciones como Unión Diversa de Jalisco han hecho hincapié en que los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG) deben prohibirse por ley, pues de lo contrario persistirá la impunidad en este ámbito.
“Resulta necesario que los estados, en este caso Jalisco, se actualice a dichos estos estándares y garantice los derechos humanos de la población LGBTI (…) Es común que los particulares que infligen tortura o malos tratos a esas personas gocen de impunidad, debido a que los estados incumplen en sus obligaciones de prevenir, legislar y remediar las agresiones”.
Para la organización Unión Diversa de Jalisco no existe un argumento posible que alcance a hacer justicia a quienes han sufrido el horror de las ECOSIG o terapias de conversión, la crueldad, violencia física y psicológica. “Estas acciones son bastante graves y el estado no puede ser omiso o indiferente en el tema”.