Van contra ley chayote, Ramo 23 y nombramientos incompetentes
En la primera sesión pública del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción sus representantes se abocaron a atender principalmente cuatro temas
Ernesto SantillánEn la primera sesión pública del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción sus representantes se abocaron a atender principalmente cuatro temas.
El primero de ellos hace referencia al amparo que impusieron ante el Senado por la falta de los nombramientos de los 18 Magistrados Anticorrupción faltantes para poder integrar el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Ante la falta de avances, Irene Levy calificó de irresponsable la falta de dichos nombramientos, y aseguró que pese a que el presidente ya mandó la lista con las propuestas, no se ha llevado a cabo una revisión real de los perfiles sugeridos.
Por ello, propusieron llevar a cabo una reforma constitucional para que todos los nombramientos, entre los cuales se encuentran el fiscal anticorrupción, magistrados, auditores, contralores y jueces entre otros, se lleven a cabo bajo un proceso de transparencia en el que se involucre a la ciudadanía mediante un comité que los represente y funja como contrapeso.
El siguiente punto que se discutió trató sobre las facultades que el CPC tiene para acceder a la información reservada y confidencial generada por el SNA a través del Secretario Técnico.
Para ello se decidió comenzar un proceso para elaborar un protocolo el cual permita al CPC conocer sus limitaciones y sus facultades, pues al no ser un órgano investigador sus limitaciones son múltiples.
El más claro ejemplo hasta el momento es que no cuentan con acceso a los expedientes de casos como Odebretch o la Estafa Maestra, ya que éstos están siendo investigados por la PGR la cual no forma parte del SNA.
Esto a su vez limita al CPC en sus facultades para generar procesos que ayuden a combatir la corrupción en el país.
El tercer punto del que se habló trató sobre el ejercicio de recursos por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sin antes ser admitidos por el Congreso.
México es junto con Estonia el único país de la OCDE en Dónde la SHCP ejerce una parte del presupuesto sin la autorización previa del Congreso. Hecho que contraviene el artículo 74 fracción IV de la Constitución.
De ahí que el CPC propuso adoptar las mejores prácticas internacionales en cuanto al control presupuestario del Congreso y consideró indispensable elaborar la regulación respectiva que evite la discrecionalidad y el uso partidista de los recursos del Ramo 23.
Por último, el pleno del CPC por votación unánime resolvió solicitar el apoyo de los Sistemas Internacionales de Protección a los Derechos Humanos para promover la modificación o abrogación de la Ley General de Comunicación Social.
La cual calificaron de violar la libertad de expresión y de acceso a la información además de no cumplir con los requisitos que estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando obligó a los integrantes del Congreso a legislar sobre dicho tema.