Vendedores callejeros vs Policías
Para poder vender en las calles de la ciudad y no ser desalojado por la policía capitalina, cada vendedor ambulante debe contar con una licencia, sin embargo, miles de personas aún optan por salir de manera individual a recorrer las calles pidiendo una moneda a cambio de uno de sus producto
Fernanda MuñozSólo se tiene registro de 5 por ciento de todos los vendedores ambulantes que “trabajan” en las 16 delegaciones que integran a la Ciudad de México.
En el último padrón del Sistema de Comercio en Vía Pública (Siscovip) se contabilizan a sólo 109 mil 186 de los más de 2 millones de vendedores informales que hay en la capital, de los cuales, 95 por ciento opera sin permisos.
Para poder vender en las calles de la ciudad y no ser desalojado por la policía capitalina, cada vendedor ambulante debe contar con una licencia, la cual tiene un costo por renovación de 540 pesos.
Sin embargo, miles de personas aún optan por salir de manera individual a recorrer las calles pidiendo una moneda a cambio de uno de sus productos, esperando que los policías no les pidan retirarse.
Un integrante de la policía capitalina intercambia palabras con un hombre que vendía churros. El policía termina empujando y forzando al hombre para que entre a su patrulla. El vendedor de churros se niega hasta que una mujer, miembro de la policía, trata de hablar con él para que coopere.
La escena es uno de los videos que usuarios en redes sociales difundieron con el fin de mostrar la impunidad e injusticia en contra de quien tiene como meta diaria ganar diez pesos por cada bolsa de churros que venda, o dos pesos por un paquete de chicles.
La abogada Mónica Morelos Hernández asegura que “en la CDMX existe la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, la cual tiene por objeto la regulación de establecimientos mercantiles que funcionan en la capital del país; sin embargo, los vendedores callejeros no están incluidos a menos que realicen sus actividades en zonas especiales de comercio y de cultura popular”, asegura.
Rosario Valderrama, vendedora callejera de pulseras hechas a mano en el Centro Histórico, asegura que sólo una vez integrantes de la policía capitalina la despojaron de su mercancía.
“Un grupito de policías que se creían muy valientes ya me estaban viendo desde quién sabe cuánto tiempo, hasta que se animaron a venir y me dijeron que me retirara por las buenas o por las malas.
Yo, como queriendo no hacer caso, fui recogiendo mis pulseras. Tal vez lo estaba haciendo muy lento, no sé, pero uno de ellos empezó a patear todo lo que yo andaba vendiendo y pues ya, ¿qué hacía? Se aprovecharon de que a ellos nadie les dice nada… nadie los mete a su patrulla y se los lleva”, dice Rosario bajando la voz.
En el Reglamento de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal, reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 16 de febrero de 2017, en el artículo 25, fracción 4-5, se establece que toda persona que impida el libre tránsito y movimiento será acreedora de una sanción.
En el capítulo cuarto artículo 8, el arresto consiste en la privación de la libertad del infractor por un periodo de hasta 36 horas.
Sin embargo, en el artículo 9 se estipula que para los trabajadores no asalariados la multa no excederá de un día de su ingreso.
La delegación donde más se aplicó esta ley fue Cuauhtémoc, con 64 por ciento de los detenidos, luego de Miguel Hidalgo con 11 por ciento, y con 6.6 por ciento, Benito Juárez.