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Zapopan archiva sus emergencias

La fuga de gas natural que ocurrió en Zapopan –municipio de la Zona Metropolitana de Guadalajara– el 16 de octubre del 2013, que causó la evacuación de 6 mil personas y la movilización de autoridades de los tres niveles de gobierno, quedó en el olvido.

Aquel día muy temprano, vecinos del cruce de la avenida Cruz del Sur y Montemorelos reportaron un olor a combustible. 

Después, un flamazo avistado en una alcantarilla despertó la alarma alrededor de las 10 de la mañana y la reacción, incluso, del Ejército.

3.2
millones de pesos fue la multa anunciada por Zapopan a la empresa Maxigas, responsable de la fuga en 2013; nunca la impuso
La Comisión Reguladora de Energía desestimó el peritaje estatal por no contener la información que permitiera determinar la causa de la fuga 
https://www.youtube.com/watch?v=EMRvEToLbyI&feature=youtu.be

La fuga de gas natural que ocurrió en Zapopan –municipio de la Zona Metropolitana de Guadalajara– el 16 de octubre del 2013, que causó la evacuación de 6 mil personas y la movilización de autoridades de los tres niveles de gobierno, quedó en el olvido.

Aquel día muy temprano, vecinos del cruce de la avenida Cruz del Sur y Montemorelos reportaron un olor a combustible. 

Después, un flamazo avistado en una alcantarilla despertó la alarma alrededor de las 10 de la mañana y la reacción, incluso, del Ejército.

Y no era para menos. Sobre Guadalajara pesa la trágica historia del 22 de abril de 1992, cuando hidrocarburo en el drenaje originó una explosión en el oriente de la ciudad, en la que murieron 206 personas. 

El PRI –que también gobernaba en la década de los 90 del siglo pasado– no quiso en el 2013 una reedición de la tragedia, a tan poco tiempo de haber recuperado el poder en el Estado.

Cuando Protección Civil llegó al cruce citado en octubre del 2013, confirmó la filtración de gas natural al drenaje, y un riesgo de explosividad del 100 por ciento. 

El alcalde priista, Héctor Robles, ante la presión social, anunció que buscaría la revocación de la concesión para Tractebel-Maxigas, la firma involucrada, a la que le había sido aplicada una multa millonaria:

“Por nuestra cuenta ya impusimos la multa a Maxigas (filial de Tractebel) que es de 3.2 millones de pesos, que deriva de la violación a varios reglamentos de Protección Civil que nos obligó a evacuar a más de 6 mil personas”, así lo consignó el diario La Jornada, el 19 de diciembre del 2013. 

Más de un año después, el Ayuntamiento reconoce que la multa, en verdad, nunca se impuso; y a la pregunta de qué sanciones económicas aplicó por ese hecho y cuándo se pagaron, el tesorero, Leonardo Gatica, responde en el oficio 1400/2014/T-2427, del 15 de diciembre de 2014, obtenido por transparencia:

“En los registros de esta Tesorería Municipal no se localizó ningún pago en favor de la empresa mencionada, de lo que se deduce la inexistencia de algún documento que pueda ser certificado”. 

Este tipo de multas deben pasar por los jueces calificadores para fijar su monto, pero el director jurídico contencioso, Ernesto González, responde en el oficio 0500-A/1025/2014, del 12 de diciembre:

“En contestación a la solicitud respecto de la emergencia que causó la empresa Tractebel, se le hace saber que habiendo realizado una búsqueda en la Coordinación de Jueces Calificadores, no se encontró registro alguno de la información”. 

También se cuestionó al Ayuntamiento sobre qué acciones legales había llevado a cabo contra la firma, y si la Procuraduría General de la República (PGR) le requirió para aportar elementos a su averiguación, a lo que el director jurídico agrega:

“No se encontró registro de alguna acción legal que haya emprendido la Dirección Jurídica Contenciosa contra la empresa Tractebel, además de no encontrar registro alguno de la averiguación previa que menciona”. 

Refutan a IJCF

El 18 de octubre del 2013, con el peritaje del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses (IJCF), el Gobierno de Jalisco aseguró que la empresa había sido omisa en la atención de la fuga, pues sabía de ella desde dos semanas atrás. 

Arturo Zamora, entonces secretario de Gobierno, declaró: “Estamos ante una situación muy clara de omisión de deberes de cuidado, lo que llamamos imprudencia o una actuación dolosa; le estamos dando a conocer a la PGR para que proceda conforme a lo que establece la norma penal”. 

En el peritaje de Ciencias Forenses, IJCF/00241/2013/12CE/SE/05 se detalló que en la red de gas hubo: “Una falla del termosellado del cople, presentando un desalineado de cinco grados entre una pieza y otra (…) no se aplicó el procedimiento completo de mantenimiento por parte de la empresa responsable”.

Y aunque la compañía había perforado en el sitio, antes del incidente “para verificar la existencia de gas debajo de las superficies del suelo, no se realizaron las tareas correctivas, permitiendo que el riesgo se convierta en una emergencia”.

El dictamen fue enviado por el Ayuntamiento de Zapopan a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) el 29 de octubre de 2013, con miras a la revocación de la concesión, pero sería desestimado del todo por la instancia federal.

La CRE emitió sus conclusiones en el acuerdo A/101/2013, del 28 de noviembre de 2013, con información de tres fuentes: la remitida por Zapopan; la de la empresa (Aviso Inmediato e Informe Detallado); y la que recabó en una inspección a las instalaciones de la firma del 22 al 24 de octubre de 2013, para una revisión documental y visita de campo.  

El acuerdo derivó en varios puntos, entre ellos:

El decimocuarto: “El permisionario ha cumplido desde la construcción y puesta en servicio del tramo en el que aconteció la fuga, hasta la reparación del mismo posterior al incidente, con lo establecido tanto la Norma 2002 como la Norma (003-SECRE-2011), en su caso, vigentes y aplicables”. 

Decimoquinto: “Del análisis a la información presentada por el IJCF, esta Comisión observa que el mismo no contiene la información que permita determinar la causa de la fuga (…) u otras que permitan aseverar que no se aplicó el procedimiento completo de mantenimiento por parte de DGJ (el permisionario)”. 

Y decimoséptimo. “No existen elementos que permitan inferir que la actuación del permisionario contraviene lo establecido en la norma”. 

Una fuga grado 2

La CRE relata en su informe que, en efecto, la compañía supo de la fuga de gas desde el 1 de octubre, con su Programa Anual para la Búsqueda Sistemática de Fugas. 

Ese día “realizó mediciones sobre su concentración mediante el uso de seis barrenos, con los que obtuvo valores entre 18 y 28 por ciento de límite inferior de inflamabilidad, y en consecuencia clasificó la fuga como grado 2”.

Una fuga grado 2, según la NOM-003-SECRE-2011, significa que: “No son peligrosas cuando se detectan, pero representan un riesgo probable para el futuro, por lo que sólo es necesario reevaluarlas periódicamente hasta que sean reparadas”. 

15 días después, empero, ya en crisis, esa misma fuga aún sin reparar se descubrió así por el mayor Trinidad López, titular de la Unidad Estatal de Protección Civil: “Se ha encontrado el 100 por ciento de explosividad”. 

La empresa no usó en su momento la clasificación grado 1, que es sólo para fugas que “representan un peligro inminente para las personas o propiedades”, tomando por peligro “toda situación en la que haya probabilidad de asfixia, incendio o explosión”. 

Es llamativo, además, que la CRE haya afirmado en su acuerdo que “el incidente señalado no resultó en afectaciones a la salud y a la seguridad públicas”, pues según la Directiva de Información para las Actividades Reguladas en Materia de Gas Natural DIR-GAS-006-2006, sí lo hizo. 

El punto 5.4 de la Directiva dice que una situación pone en peligro la salud y seguridad públicas, cuando hay lesiones que causen muertes o arriesguen la vida; haya daños materiales que impliquen indemnizaciones, pero también cuando las autoridades:

“Adopten medidas extraordinarias de protección al público, tales como el acordonamiento de la zona afectada, el cierre parcial o temporal de la circulación vehicular, la evacuación general de la población en la zona afectada en un radio no menor a 50 metros…”, lo cual ocurrió en Zapopan. 

Según el punto 5.3, la empresa sólo debe reportar de inmediato a la CRE cuando se dan situaciones como las antes descritas, de ahí que omitiera el primer hallazgo de la fuga que clasificó grado 2. 

La última palabra la tendrá la PGR y su averiguación en curso, la AP/PGRDAL/GDL/AG1M2/4767/2013. 

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