Guía rápida para que el SAT te devuelva el saldo a favor
Realizar tu declaración anual antes del 30 de abril, además de darte saldos a favor te los devolvería en un plazo mínimo de tres días
Viviana BranEs tiempo de la declaración anual y tendrás hasta el 30 de abril para realizarla. Si eres una Persona Física bajo el régimen de sueldos, salarios y asimilados aún estas a tiempo de reportarle al Servicio de Administración Tributaria (SAT) los ingresos y gastos que generaste durante el 2019, para contribuir con el debido pago de impuestos y si es el caso, solicitar la devolución del saldo que tengas a favor.
Florentino Hernández, contador especialista en fiscal, sugiere que antes de que comiences tu declaración, investigues en qué Régimen Fiscal te encuentras, ya que algunas veces las personas se dan de alta en el que no corresponde a su actividad económica y eso en un futuro podría traerte problemas.
El contador explica que una Persona Física es un individuo que puede prestar servicios, realizar actividades comerciales, arrendar bienes inmuebles, trabajar por salarios, entre otras ocupaciones, y dependiendo del trabajo que desempeñe y su promedio de ingresos, es como se determina el régimen fiscal al que pertenece.
De acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), la inmediatez con la que se devolverán los saldos a favor tienen la finalidad de apoyar la economía de los mexicanos en medio de la crisis que ha ocasionado el Covid-19 (coronavirus).
¿Cómo le hago?
Si eres de las personas que por primera vez realizarán este tipo de trámite y quieres pedirle al fisco la devolución de tus saldos a favor, deberás realizar los siguientes pasos:
1.Entra a la página www.sat.gob.mx
2.Da click en la parte superior derecha donde dice Buzón Tributario.
3.Captura tu RFC, contraseña o firma electrónica y después pulsa el botón de enviar.
4.Luego ve a la pestaña de trámites y devoluciones para llenar un formulario.
5.Una vez ahí, ingresa los archivos con los documentos que te pide el trámite escaneados.
6.Firma y envíalos con el apoyo de la firma electrónica.
7.Guarda e imprime el acuse de recibo electrónico.
8.Si el fisco analizó que es aprobatoria la devolución, en tres días deberá regresarse el saldo.
En dado caso de que no sea devuelto, deberás dar aviso en la página del SAT a través del Buzón Tributario o en el espacio de Trámites.
El especialista en fiscal, Florentino Hernández asegura que algunos de los gastos que pueden ser deducibles de impuestos al momento de hacer la declaración anual, son los relacionados a los servicios médicos, dentales, funerarios, hospitalarios, por incapacidad o discapacidad, donativos, intereses reales, aportaciones complementarias al fondo de ahorro, primas por seguros de gastos médicos y colegiaturas.
Asimismo, recomienda a todas las Personas Físicas o asimilados a salarios que antes de enviar su declaración anual verifiquen bien los datos que se están proporcionado, porque si lo hacen mal o lo envían con algún error, perderían la oportunidad de adquirir un monto mayor de la devolución.
“Si es la primera vez que se va a realizar este trámite, se recomienda que los contribuyentes acudan con un contador, pues son ellos quienes conocen el procedimiento y los pueden orientar. Aunque el SAT diga que ya están todos los datos ahí, en ocasiones hay errores al momento de subir los gastos y cuando eso pasa ya no te devuelven la cantidad que debería de ser”.
¡Prepárate desde casa!
¿Quiénes declaran y qué se necesita para hacerlo?Sigue estos consejos. ?
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