Imprescriptibilidad de delitos sexuales

Rocío Abreu Rocío Abreu Publicado el
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Los delitos sexuales contra menores de edad, tales como la pornografía infantil, turismo sexual infantil, corrupción de menores, lenocinio, pederastia, abuso sexual y violación equiparada son un gravísimo problema a nivel mundial, el cual ha ido en aumento en las últimas décadas, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), México ocupa el nada honroso primer lugar, con 5 millones de casos de abuso infantil al año.

De acuerdo con el Colectivo contra el Maltrato y Abuso Sexual Infantil, esta cifra es inexacta, ya que solo es denunciado uno de cada cien casos de abuso sexual infantil.

Además, el abuso se da entre los círculos cercanos y de mayor confianza de las familias, los principales agresores se encuentran en el seno familiar: padres biológicos, padrastros, hermanos, abuelos, tíos, sobrinos, primos.

Ante este flagelo y ocupados en erradicarlo, el 29 de abril de este año, el pleno del Senado de la República aprobó, por unanimidad, una reforma al Código Penal Federal para eliminar la prescripción de los delitos sexuales contra menores de 18 años y asegurar que estos ilícitos se puedan sancionar, sin que se extinga la responsabilidad penal por el transcurso del tiempo.

Con 117 votos a favor, aprobamos modificaciones al Código Penal Federal para establecer la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores de edad, cuya pena se eleva de 17 a 24 años de cárcel, un incremento notable y similar al que se ha dictado para otras violencias cometidas contra menores de 12 años, por ejemplo, la cópula, cuyo castigo pasa de 12 a 20 años de prisión, con lo que se busca terminar con décadas de impunidad en contra de menores que no solo han padecido este tipo de abusos deleznables, sino que también enfrentan secuelas psicológicas en todo su círculo familiar.

El dictamen también contempla alargar el tiempo para la prescripción del delito, que comenzará a correr a partir de que la víctima cumpla 30 años, y no 18.

Antes de esta reforma era común que este tipo de delitos prescribieran, pese a que buscaba proteger a niños, niñas y adolescentes con base en los acuerdos internacionales de los que México forma parte.

El dictamen señala que cuando alguno de estos delitos sea cometido por ministros de culto o servidores públicos la sanción aumentará el doble.

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