Los terrenos de la libertad de expresión suelen estar delimitados por líneas muy delgadas, una de ellas corresponde al llamado ‘periodismo de chismes’, en el que el espectáculo prácticamente olvidado para dar lugar a la vida privada de las celebridades.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció este miércoles un importante precedente para poner freno a los medios que publican imágenes de artistas, sin el consentimiento de los mismo, sin ningún motivo periodístico, sólo intereses económicos.
Los ministros de la Primera Sala determinaron que esta clase de medios sólo pueden publicar fotografías de celebridades, sin su consentimiento, siempre y cuando, éstas se relacionen con actividad profesional, no si se trata de fotografías privadas o tomadas por paparazzis.
El máximo tribunal del país dio la razón este miércoles a la conductora de televisión, María Teresa Alessandri, la cual demandó a la revista TvNotas, de editorial Notmusa, por la difusión de imágenes en las que aparecía con el torso desnudo sin su consentimiento.
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La conductora reclamaba la reparación del daño moral por considerar que Notmusa violó su derecho a la propia imagen con la difusión de las imágenes, pero la Corte consideró que sólo se podría reclamar la indemnización por daño material.
Esta decisión de la Corte podría ser citada como precedente para esta clase de medios dejen de publicar imágenes que suelen estar acompañadas de frases como ‘captamos a tal artista con su nuevo novio en la playa, te mostramos las fotos’.
No es la primera vez que la revista TvNotas tiene problemas con la Suprema Corte de Justicia, pues enero pasada fue obligada por los ministros a mostrar en su primera plana la sentencia en las que eran condenados por invadir la privacidad de dos celebridades.
Apenas en agosto, el comentarista deportivo Javier Alarcón ganó una demanda en contra de TvNotas, luego que el medio aseguro que el comunicador había sido despedido de Televisa por un desfalco de 30 millones de pesos.
Esta clase de publicaciones tienden a escudarse diciendo que son temas del interés del público, sin embargo, la Corte ya ha dicho en el pasado que no se debe confundir el interés público con el interés del público.
Es decir, al publico le puede interesar aspecto de la vida privada de las celebridades, pero no por ello pueden tener acceso a esa información.
En cambio un tema de interés público, refiere a que la sociedad debe conocer de él, pues afecta directamente sus vidas.