Adultos pueden reclamar pensión alimenticia a sus padres

Un persona mayor de edad puede exigir a sus padres una pensión alimenticia, si éstos no le proporcionaron alimentos, ropa y sustento durante la niñez y la adolescencia, resolvió este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“En esta decisión la Primera Sala determinó que una persona mayor de edad tiene derecho a demandar de manera retroactiva el pago de alimentos que no recibió siendo menor de edad”

SCJN

Un persona mayor de edad puede exigir a sus padres una pensión alimenticia, si éstos no le proporcionaron alimentos, ropa y sustento durante la niñez y la adolescencia, resolvió este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En esta decisión la Primera Sala determinó que una persona mayor de edad tiene derecho a demandar de manera retroactiva el pago de alimentos que no recibió siendo menor de edad”, indicó la Corte en un comunicado.

En el amparo resuelto por los magistrados, se abordó el caso de una persona que solicitó que su padre le pagara retroactivamente los alimentos, a los que tenía derecho cuando era niño; el juez de segunda instancia le dio la razón al hijo.

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El padre se inconformó por el veredicto que le hacía pagar una pensión alimenticia a su hijo y llevó el caso hasta la Suprema Corte, la cual confirmó que el hijo tenía derecho a recibir el pago proporcional de los alimentos que debió recibir antes de la mayoría de edad.

Los ministros explicaron que la relación entre padres e hijos obliga a los progenitores a proporcionar alimentos y sustento, por lo que, en caso de no recibirlos, se puede exigir un pago retroactivo de lo que por derecho les corresponde.

Esto quiere decir, que independientemente de la edad de los hijos, pueden exigir que se le dé una pensión alimenticia, si es que sus padres no los mantuvieron cuando eran niños.

 

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