Antro ‘Barezzito’ no estaba obligado a retener a víctimas de choque en Reforma

El pasado viernes un automóvil BMW se impactó contra un poste de luz sobre Paseo de la Reforma dejando cuatro muertos y una persona herida.

Este aparatoso accidente que cobró la vida de Karla Saldaña Sánchez, Claudia Reyes Millán, Carlos Roberto Martínez Zorrilla y Luis Fernando García Heredia ha desatado una búsqueda de responsabilidades más allá de la que Carlos Salomón, el hombre que estrelló el vehículo, pudiera tener.

Momentos antes de este incidente, los cinco estuvieron en un antro de la Ciudad de México llamado el Barezzito, mismo lugar donde se conocieron.

El pasado viernes un automóvil BMW se impactó contra un poste de luz sobre Paseo de la Reforma dejando cuatro muertos y una persona herida.

Este aparatoso accidente que cobró la vida de Karla Saldaña Sánchez, Claudia Reyes Millán, Carlos Roberto Martínez Zorrilla y Luis Fernando García Heredia ha desatado una búsqueda de responsabilidades más allá de la que Carlos Salomón, el hombre que estrelló el vehículo, pudiera tener.

Momentos antes de este incidente, los cinco estuvieron en un antro de la Ciudad de México llamado el Barezzito, mismo lugar donde se conocieron.

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Las indagatorias al respecto de este accidente indicaron que el personal del establecimiento es responsable por haber autorizado la salida al conductor en pleno estado de ebriedad pese que el abogado del lugar, Ricardo Olmedo, asegura que esta acusación no procede pues además el antro cumple con todos los requisitos de la Ley de Establecimientos Mercantiles.

De acuerdo con esta ley, un lugar como el Barezzito está obligado a sugerirle a los clientes que no manejen toda vez que se hallen bajo el influjo delalcohol. Por lo anterior, los dueños y empleados del lugar no tienen la obligación de retener el automóvil o las llaves de los clientes que tengan un elevado consumo. 

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En su artículo 10, apartado B, inciso VIII se indica que “Los establecimientos de impacto zonal, deberán tener alcoholímetros o medidores para realizar pruebas de detección de intoxicación o nivel de alcohol en la sangre, previo consentimiento de los usuarios o clientes que se les aplique la prueba”.

Asimismo, “los medidores o alcoholímetros deben tener las características y tiempo máximo de uso señalado por la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México”.

Esta ley también menciona que “Los establecimientos de impacto zonal deberán informar acerca de la implementación de programas tendientes a evitar o disuadir la conducción de vehículos automotores bajo los influjos del alcohol emitidos por el gobierno capitalino”.

Carlos Salomón, a quien se le dictó la medida de prisión preventiva en Reclusorio Norte por el cargo de homicidio culposo agravado, aseguró tener ingresos semanales de mil pesos por lo que no podría solventar la reparación del daño exigida por la defensa de las víctimas.

Además, el responsable presentó una póliza de seguro con placa distinta a la del automóvil siniestrado lo que hará que el pago de seguro por daños a terceros no sea efectivo.

Ante ello los familiares de las cuatro personas fallecidas no recibirían indemnización alguna. Será este próximo viernes cuando se defina la situación jurídica del conductor.

 

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